ORDEN ENS/99/2004, de 30 de marzo, de convocatoria para la concesión de ayudas al alumnado con necesidades educativas especiales, matriculado en centros docentes sostenidos con fondos públicos, para su asistencia a convivencias escolares docentes durante el curso escolar 2003-2004.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ENS/99/2004, de 30 de marzo, de convocatoria para la concesión de ayudas al alumnado con necesidades educativas especiales, matriculado en centros docentes sostenidos con fondos públicos, para su asistencia a convivencias escolares docentes durante el curso escolar 2003-2004.

El artículo 44.2 de la Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la educación, determina que el sistema educativo pondrá los medios necesarios para que los alumnos con necesidades educativas especiales, ya sean temporales o permanentes, alcancen los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos.

En virtud de lo expuesto, el Departamento de Enseñanza quiere dar apoyo económico para que estos alumnos puedan realizar convivencias escolares, ya que representan un medio educativo enriquecedor para reforzar la autonomía personal y social de los alumnos con necesidades educativas especiales por la experimentación de situaciones y vivencias que les proporciona el conocimiento de un ambiente diferente del habitual y porque les facilita el acercamiento a la naturaleza y la convivencia con sus compañeros y educadores.

Por todo ello, y de acuerdo con lo que establece el capítulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, en uso de las facultades atribuidas en el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Centros Docentes,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir convocatoria para la concesión de ayudas al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de condiciones personales de discapacidades psíquicas, motrices o sensoriales, matriculado en centros docentes sostenidos con fondos públicos, para colaborar en los gastos ocasionados por la participación en las convivencias escolares del curso 2003-2004.

Artículo 2

Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá esta convocatoria, que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

Las ayudas, hasta un importe máximo de 210.354,00 euros, se concederán con cargo al crédito 1304 D/481130500/3213 del presupuesto del año 2003 prorrogado para el 2004.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso...

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