ACUERDO GOV/181/2013, de 17 de diciembre, por el que se traspasa la gestión de servicios sociales especializados al Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona y los correspondientes medios materiales, personales y económicos.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyAcuerdo

La Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales, prevé en la disposición transitoria segunda , apartado quinto, que las medidas de desconcentración y descentralización de los servicios propios de la Generalidad que se establecen se deben entender sin perjuicio de lo que fija la Carta municipal de Barcelona.

La Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta municipal de Barcelona, creó el Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona y estableció que se constituye como sector regional, de acuerdo con la clasificación del entonces en vigor Decreto legislativo 17/1994, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la refundición de las leyes 12/1983, de 14 de julio, 26/1985, de 27 de diciembre, y 4/1994, de 20 de abril, en materia de asistencia y servicios sociales. Este Decreto legislativo estructuraba los servicios sociales en tres niveles y otorgaba al sector regional la gestión de los servicios sociales de tercer nivel, ahora objeto de traspaso.

Mediante el Decreto 113/2006, de 25 de abril, se constituyó el Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona, y se preveía en su disposición transitoria la creación de una comisión mixta de traspasos para determinar los criterios de prioridad, plazos y procedimientos para la progresiva asunción de las funciones del Consorcio y los correspondientes traspasos de servicios y medios personales y económicos.

En virtud de esta previsión, en el año 2008 se realizó el primer traspaso de gestión de varios servicios especializados al Consorcio, mediante el Acuerdo GOV/91/2008, de 27 de mayo, por el que se traspasa la gestión de determinados servicios sociales especializados al Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona y los medios materiales, personales y económicos correspondientes. Este Acuerdo fue complementado posteriormente por el Acuerdo GOV/63/2009, de 21 de abril, por el que se actualiza la relación del personal de la Generalidad de Cataluña afectado por el traspaso de gestión de servicios sociales especializados de la Generalidad al Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona.

Con posterioridad, en el año 2010 se llevó a cabo el segundo traspaso de gestión de servicios especializados al Consorcio, mediante el Acuerdo GOV/208/2010, de 16 de noviembre.

Con el objetivo de continuar con este proceso progresivo de traspasos, la Comisión Mixta del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona elaboró una nueva propuesta de traspasos en la sesión de 15 de mayo de 2013, la cual ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno del Consorcio en la sesión de 28 de noviembre de 2013.

A propuesta de la consejera de Bienestar Social y Familia y del consejero de Economía y Conocimiento, el Gobierno

Acuerda:

–1 Traspasar al Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona, con respecto al ámbito del municipio de Barcelona, la gestión de los servicios sociales especializados que se detallan en el anexo 1.

–2 El traspaso de los servicios...

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