ORDEN GRI/85/2002, de 15 de marzo, por la que se aprueban las bases generales que tienen que regir las subvenciones para el desarrollo de actividades comarcales a integrar en el programa de cooperación económica Xarxa 41, apoyo a la actuación comarcal, y se convoca el programa correspondiente al año 2002.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

GRI/85/2002, de 15 de marzo, por la que se aprueban las bases generales que tienen que regir las subvenciones para el desarrollo de actividades comarcales a integrar en el programa de cooperación económica Xarxa 41, apoyo a la actuación comarcal, y se convoca el programa correspondiente al año 2002.

Por Orden de 17 de mayo de 2001 se aprobaron las bases generales que tienen que regir las convocatorias de concesión de subvenciones dirigidas a los consejos comarcales para el establecimiento y la mejora de servicios de asistencia y cooperación con sus municipios y para el desarrollo económico y social de la comarca, y se convocaron las subvenciones correspondientes al año 2001.

Las características de las solicitudes presentadas en la convocatoria de 2001 han puesto de manifiesto la necesidad de modificar las bases para que en convocatorias sucesivas puedan contener, además de las inversiones propias de los proyectos a desarrollar, algunos gastos corrientes que están relacionados con estas, y especialmente los necesarios para que estos proyectos y otros ya iniciados o en perspectiva tengan continuidad.

Oída la Comisión de Cooperación Local de Cataluña, de acuerdo con lo que prevé la disposición adicional decimoséptima de la Ley 20/2001, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2002, y dada la voluntad de continuar la incentivación y dinamización de la realización de proyectos de desarrollo de actividades comarcales, a propuesta de la Dirección General de Administración Local,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases generales que tienen que regir las convocatorias de concesión de subvenciones dirigidas a los consejos comarcales para el establecimiento y la mejora de servicios de asistencia y cooperación con sus municipios y para el desarrollo económico y social de la comarca, que se establecen mediante el programa de cooperación económica Xarxa 41, apoyo a la actuación comarcal, las cuales figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las subvenciones correspondientes al año 2002.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Artículo 3

Las subvenciones objeto de esta convocatoria irán a cargo de las partidas presupuestarias 11.03.461.1100, con una dotación máxima de 1.202.024,21 euros, y 11.03.763.1100, con una dotación máxima de 4.207.084,73 euros, del presupuesto del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales para el año 2002.

Disposición derogatoria

Quedan derogadas las bases generales aprobadas por la Orden de 17 de mayo de 2001, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de actividades comarcales a integrar en el programa de cooperación económica Xarxa 41, apoyo a la actuación comarcal.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 15 de marzo de 2002

Núria de Gispert i Català

Consejera de Gobernación

y Relaciones Institucionales

Anexo

Bases reguladoras de las subvenciones del programa de cooperación económica Xarxa 41, apoyo a la actuación comarcal.

-1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a esta línea de ayudas es el establecido en el capítulo 9 del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

-2 Objeto

El objeto de este programa es la concesión de...

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