ORDEN ARP/365/2005, de 9 de agosto, por la que se regula la gestión de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña en Cataluña a partir de la campaña 2005-2006.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/365/2005, de 9 de agosto, por la que se regula la gestión de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña en Cataluña a partir de la campaña 2005-2006.

El Real decreto 1472/2000, de 4 de agosto, constituye la normativa básica específica de aplicación en el Estado español del Reglamento CE 1227/2000, de la Comisión, de 31 de mayo, sobre regulación del potencial de producción vitícola.

La Orden de 6 de septiembre de 2000 (DOGC núm. 3224, de 13.9.2000), modificada por las órdenes ARP/23/2002, de 28 de enero (DOGC núm. 3570, de 7.2.2002), y ARP/42/2003, de 30 de enero (DOGC núm. 3817, de 7.2.2003), establece las normas y los procedimientos de regulación del potencial vitícola en Cataluña y regula la gestión de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña.

Después de cinco campañas de aplicación de las ayudas para la reestructuración y/o reconversión de la viña, y sin perjuicio de la aplicabilidad directa de la normativa comunitaria que regula este ámbito, procede adecuar el régimen de gestión de los planes de reestructuración y/o reconversión aprobados por la Resolución del director general de Producción Agraria e Innovación Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca de 20 de noviembre de 2000, que será de aplicación a partir de la campaña 2005-2006.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Es objeto de esta Orden establecer el régimen aplicable a la gestión de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña aprobados en Cataluña por la Resolución de 24 de noviembre de 2000 del director general de Producción Agraria e Innovación Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, que se corresponden con los treinta y ocho proyectos que figuran en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2

Representante de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña

El representante encargado de las relaciones entre los productores y la Administración al que hace referencia el artículo 13.2 de la Orden de 6 de septiembre de 2000, debe haberlo designado la/las persona/s beneficiaria/s del plan en los términos que establece el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Artículo 3

Modificaciones, adaptaciones y/o ampliaciones de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña

3.1 No se admitirán modificaciones, adaptaciones y/o ampliaciones a los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña en su situación el 1 de agosto de 2005, excepción hecha que supongan una variación respecto de la medida ya iniciada sin modificación del presupuesto al alza y dentro de la misma explotación.

3.2 El plazo para presentar estas modificaciones será el comprendido entre el 15 de octubre y el 15 de noviembre de 2005. El plazo máximo para que la Administración resuelva será de tres meses.

Artículo 4

Ayudas a la reestructuración y la reconversión de la viña

4.1 La participación comunitaria en la financiación de los costes de reestructuración y/o reconversión no superará el 50% de los costes máximos de las acciones relacionadas en el anexo 2 de esta Orden. La financiación irá íntegramente a cargo del FEOGA-Garantía.

Las acciones subvencionables serán las que se hayan iniciado con anterioridad al 1 de agosto de 2005, de acuerdo con la información de que dispone el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, y el porcentaje máximo de ayuda se fijará anualmente.

4.2 En cada campaña la ayuda se solicitará por las medidas que estén finalizadas y se haya presentado la solicitud de plantación previamente a la solicitud de ayuda si se trata de medidas de reestructuración. La solicitud de ayuda incluirá la documentación siguiente:

Hoja de solicitud de ayuda generada mediante la aplicación informática suministrada...

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