ORDEN EDU/494/2006, de 20 de octubre, por la que seaprueba la tramitación telemática del procedimiento de inscripción a procesosde acreditación de conocimientos, aptitudes o competencias convocados por elDepartamento de Educación y Universidades.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Rango de LeyOrden

ORDEN

EDU/494/2006, de 20 de octubre, por la que se aprueba la tramitación telemática del procedimiento de inscripción a procesos de acreditación de conocimientos, aptitudes o competencias convocados por el Departamento de Educación y Universidades.

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, insta a las administraciones públicas a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias.

Dentro del Plan de acción e-Europe 2002, la Generalidad de Cataluña puso en marcha, mediante un acuerdo de 13 de julio de 1999, el proyecto de Administración Abierta de Cataluña, con el fin de acercar sus servicios a la ciudadanía mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.

El Departamento de Educación y Universidades cree conveniente que se pueda hacer uso de estas tecnologías en los procedimientos de inscripción a los procesos de acreditación de conocimientos, aptitudes o competencias. Por este motivo, y en aplicación del artículo 11 del Decreto 324/2001, de 4 de diciembre, relativo a las relaciones entre los ciudadanos y la Administración de la Generalidad mediante internet, con el informe previo del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña sobre la adecuación técnica de los programas y aplicaciones, emitido en cumplimiento de lo que establece el artículo 4 del Decreto 85/2002, de 19 de febrero, de creación de la Comisión de Coordinación Interdepartamental de Gestión de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones y el informe de la Asesoría Jurídica del Departamento de Educación y Universidades,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobación y adaptación del procedimiento

Se aprueba la tramitación telemática del procedimiento de inscripción a los procesos de acreditación de conocimientos, aptitudes o competencias establecidos en el artículo 2 de esta Orden, que convoca el Departamento de Educación y Universidades, dirigidos a los ciudadanos, que se regirá por las peculiaridades que implica el uso de servicios utilizando técnicas telemáticas de acuerdo con lo que establece esta Orden.

Artículo 2

Procesos a los que se aplica la presente Orden

Esta Orden es de aplicación, en el caso de que la convocatoria correspondiente lo prevea a la inscripción telemática, a los procesos de acreditación de conocimientos, aptitudes o competencias siguientes:

Pruebas específicas de acceso a las enseñanzas de régimen especial de técnico o técnica de deporte en las diversas especialidades.

Pruebas específicas de acceso a las enseñanzas de régimen especial de técnico o técnica superior de deporte en las diversas especialidades.

Pruebas para la obtención de los títulos de técnico y técnico superior de determinados ciclos formativos de formación profesional específica:

  1. Fase de orientación para la acreditación de las competencias profesionales.

  2. Fase de evaluación/acreditación de las competencias profesionales.

  3. Fase de evaluación de créditos.

Prueba de acceso a las enseñanzas...

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