ORDEN JUS/412/2008, de 1 de septiembre, de convocatoria de concurso para el otorgamiento de ayudas para el curso Programa para la preparación de opositores a juez/a, fiscal y secretario/a judicial, que lleva a cabo el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

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ORDEN

JUS/412/2008, de 1 de septiembre, de convocatoria de concurso para el otorgamiento de ayudas para el curso Programa para la preparación de opositores a juez/a, fiscal y secretario/a judicial, que lleva a cabo el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

El actual sistema de acceso a las carreras judicial, fiscal y de secretarios de la Administración de justicia hace conveniente que el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia ofrezca un programa de preparación de opositores a personas que tengan un conocimiento acreditado del derecho y de la lengua catalana para favorecer, sin perjuicio de las exigencias generales de su función, el arraigo necesario para ejercer su carrera en Cataluña.

Como complemento de este programa y en atención a las condiciones económicas de los candidatos, se hace necesario facilitar la inscripción de alumnos mediante la concesión de ayudas de reducción de matrícula y transporte, en los términos de lo que prevé el apartado 2 del 1.3-4 del Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

En virtud de lo anterior,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 Convocar concurso para el otorgamiento de ayudas a los alumnos seleccionados mediante la Orden JUS/411/2008, de 1 de septiembre, de convocatoria de concurso para el otorgamiento de plazas para la realización del curso Programa para la preparación de opositores a juez/a, fiscal y secretario/a judicial, destinadas a potenciar el acceso a la carrera judicial, fiscal y de secretarios/arias judiciales de licenciados/as en derecho residentes en Cataluña. Se otorgarán un máximo de 15 ayudas para las plazas para opositores a juez/a y fiscal, y un máximo de 6 ayudas para las plazas para opositores a secretario/a judicial.

1.2. El objeto de las ayudas mencionadas se concreta en:

  1. Ayudas al pago de matrícula.

  2. Ayudas de transporte.

1.3. La cantidad individualizada de las ayudas, así como las condiciones para obtenerlas, se concretan en las bases que rigen esta convocatoria.

1.4 Aprobar las bases que rigen la convocatoria, las cuales figuran en el anexo a esta Orden.

Artículo 2

El importe máximo de las ayudas es de 72.060,66 euros, e irán a cargo de la partida D/480000100/2150 del presupuesto de gastos del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada para el año 2008.

Artículo 3

El plazo de presentación de las solicitudes es de quince días a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el DOGC de esta Orden.

Artículo 4

4.1 La tramitación del expediente corresponde al Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, cuyo director emitirá la propuesta de resolución correspondiente.

Se faculta al director del Centro para resolver las dudas y las incidencias que se puedan producir en esta convocatoria.

4.2 La resolución de adjudicación de ayudas corresponde al/la presidente/a del Centro de Estudios y Formación Especializada, el/la consejero/a de Justicia.

4.3 La resolución de adjudicación de ayudas se adoptará en el plazo de cuarenta y cinco días naturales a partir del día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que prevé el articulo anterior.

4.4 Transcurrido el plazo fijado sin que se haya publicado una resolución expresa, se entenderá que la solicitud es desestimada en los términos previstos en el artículo 81.3 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

4.5. El control de las ayudas que se establece en esta Orden se llevará a cabo de acuerdo con lo que prevé el artículo 97 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Artículo 5

5.1 La resolución de concesión de estas ayudas se notificará a las personas interesadas en el plazo de diez días naturales desde la fecha de su adopción y, posteriormente, se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

5.2 Contra la resolución de concesión y contra esta Orden de convocatoria, que agotan la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, ante el mismo órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes; o...

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