ORDEN AAM/206/2012, de 29 de junio, por la que se aprueban los precios públicos para la prestación de servicios en los espacios naturales de protección especial.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL |
Rango de Ley | Orden |
El artículo 1.3-2 del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, establece que la creación, modificación y derogación de los precios públicos, salvo los referidos a la enseñanza universitaria, que se debe hacer por decreto, se deben efectuar mediante una orden del consejero o consejera competente por razón de la materia.
Valorada la necesidad de crear los precios públicos para la prestación de servicios y la realización de actividades en los espacios naturales de protección especial gestionados por el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Ordeno:
Creación
Aprobar los precios públicos para la prestación de servicios y la realización de actividades en los espacios naturales de protección especial gestionados por el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural, que figuran en el anexo de esta Orden.
Sujetos obligados al pago
Son sujetos obligados al pago de los precios establecidos en el anexo de esta Orden las personas físicas o jurídicas que son beneficiadas personalmente o en sus bienes por el servicio prestado o actividad realizada.
Exigibilidad
Los precios públicos creados por esta Orden son exigibles en el momento de la prestación del servicio o la realización de la actividad.
Estos precios entran en vigor al día siguiente de la publicación en el DOGC.
Barcelona, 29 de junio de 2012
Josep Maria Pelegrí i Aixut
Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Rural
Anexo
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Precios públicos de los espacios naturales de protección especial
—1 Precio público del servicio de visitas guiadas (IVA incluido)
1.1 Grupos inferiores o iguales a 20 personas (mínimo 5 personas):
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Menores de 12 años y jubilados: 9,00 euros por persona y día y 5,00 euros por persona y medio día.
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Adultos: 13,00 euros por persona y día y 6,00 euros por persona y medio día.
1.2 Grupos superiores a 20 personas:
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Menores de 12 años y jubilados: 5,00 euros por persona y día y 3,00 euros por persona y medio día.
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Adultos: 8,00 euros por persona y día y 4,00 euros por persona y medio día.
En el caso de itinerarios en nieve estos precios se incrementan en un 20%.
—2 Precio público del servicio de...
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