ORDEN PRE/185/2011, de 19 de julio, de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal en el ámbito de la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones de la Generalidad de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/185/2011, de 19 de julio, de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal en el ámbito de la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones de la Generalidad de Cataluña.

El artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las administraciones públicas solo puede hacerse mediante una disposición general publicada en el BOE o en el diario oficial que corresponda.

La disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, habilita a los consejeros o consejeras de la Generalidad, dentro del ámbito de las competencias respectivas, para la creación, modificación y supresión, mediante una orden, de los ficheros de los entes públicos vinculados o que de ellos dependan.

Debido a los profundos cambios tecnológicos que ha supuesto la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos; la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, y el Decreto 56/2009, de 7 de abril, para el impulso y el desarrollo de los medios electrónicos en la Administración de la Generalidad, se plantea la conveniencia de crear, modificar y suprimir determinados ficheros que contienen datos de carácter personal en el ámbito de la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones (EADOP).

Por otra parte, la adaptación de la EADOP a las previsiones de la Ley 2/2007, de 5 de junio, del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya ; del Decreto 139/2009, de 8 de septiembre, de reestructuración de la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones de la Generalidad de Cataluña, y del Decreto 129/2010, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, ha comportado cambios funcionales que requieren el tratamiento de nuevos datos de carácter personal y la adecuación de los tratamientos ya existentes.

Por todo esto, es necesaria la creación del fichero de Gestión de órdenes de inserción de documentos en el DOGC, que incluirá las datos contenidos en el fichero de Contratación de anuncios, que fue creado por la Orden PRE/546/2006, de 13 de noviembre, por la que se regulan ficheros que contienen datos de carácter personal en el ámbito del Departamento de la Presidencia. De esta manera, se suprime el último fichero citado.

Asimismo, se considera conveniente adecuar el contenido del fichero de nombre Directorio de Envíos a los nuevos servicios que ofrece la EADOP, teniendo en cuenta, tanto el tratamiento de los nuevos datos de carácter personal necesarios para los nuevos procedimientos, como las previsiones del Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. El fichero citado fue creado mediante el Decreto 303/1994, de 16 de noviembre, por el que se regulan los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de la Presidencia, y modificado posteriormente por el Decreto 223/1998, de 30 de julio, por el que se actualizan los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de la Presidencia y por la Orden PRE/546/2006, de 13 de noviembre, ya citada.

Finalmente, la mejora en la gestión de la seguridad en las librerías de la Generalidad conlleva la implantación de un sistema de cámaras de videovigilancia. Teniendo en cuenta las previsiones de la Instrucción 1/2009, de 10 de febrero, sobre el tratamiento de datos de carácter personal mediante cámaras de videovigilancia, se crea el fichero llamado Videovigilancia.

En consecuencia, en uso de las facultades que me otorga el artículo 39.3 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la Presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y teniendo en cuenta lo que establece la disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, con el informe de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto de la Orden

Esta Orden tiene por objeto crear, modificar y suprimir los ficheros de datos de carácter personal en el ámbito de la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones (EADOP) que se describen en los anexos 1, 2 y 3 de esta Orden, de conformidad con lo que dispone la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y el resto de la normativa vigente en...

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