ORDEN TRI/210/2005, de 27 de abril, por la que se establece el régimen de justificación económica de las acciones integrantes de los diferentes programas para el desarrollo de las políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Ocupación de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRI/210/2005, de 27 de abril, por la que se establece el régimen de justificación económica de las acciones integrantes de los diferentes programas para el desarrollo de las políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Ocupación de Cataluña.

En fecha 31 de julio de 2000, se publicó en el DOGC núm. 3194 la Orden de 25 de julio de 2000, por la que se establece el régimen de justificación económica de las acciones formativas y de intercambios internacionales realizadas de acuerdo con la Orden de 14 de enero de 2000, dando así cumplimiento a lo que dispone el artículo 14 de la misma Orden de 14 de enero de 2000 (DOGC núm. 3067, de 31.1.2000), por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir las subvenciones relativas a las acciones de formación ocupacional y afines de carácter ocupacional.

Considerando las modificaciones que se han ido produciendo en la Orden de 14 de enero de 2000, y de acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 1685/2000, de la Comisión, de 28 de julio (DOCE L 193/39, de 29.7.2000), por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1260/1999, del Consejo, relativo a la financiación de los gastos de operaciones cofinanciadas por los Fondos estructurales, modificado por el Reglamento (CE) núm. 1145/2003 de la Comisión de 27 de junio de 2003 (DOCE L 160/48, de 28.6.2003) y el Reglamento (CE) núm. 1784/1999, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio, relativo al Fondo Social Europeo (DOCE L 213/5, de 13.8.1999), se hace necesaria la regulación de una nueva Orden que prevea de manera unitaria la justificación económica de las acciones gestionadas por el Servicio de Ocupación de Cataluña relativas a los diferentes programas que desarrollan políticas activas de ocupación.

Visto el artículo 95 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 3791A y 4292);

Vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003);

Vista la Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de ocupación y de creación del Servicio de Empleo de Cataluña (DOGC núm. 3676, de 12.7.2002);

Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, dado que se ha informado al Consejo de Dirección del Servicio de Ocupación de Cataluña y al Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña, a propuesta del director del Servicio de Ocupación de Cataluña, y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Esta Orden tiene por objeto el establecimiento del régimen de justificación económica de las acciones integrantes de los diferentes programas para el desarrollo de las políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Ocupación de Cataluña.

1.2 Los beneficiarios de las subvenciones y ayudas otorgadas para el desarrollo de las acciones o iniciativas a que hace referencia el apartado anterior están sujetos, en la presentación de la justificación económica, a lo que disponen la Orden de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997), el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3191, de 31.12.2002), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), el Reglamento (CE) núm. 1685/2000, de la Comisión, de 28 de julio (DOCE L 193/39, de 29.7.2000), por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1260/1999 del Consejo, relativo a la financiación de los gastos de operaciones cofinanciadas...

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