ORDEN JUS/273/2013, de 30 de octubre, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones a entidades jurídicas sin ánimo de lucro vinculadas a partidos políticos con representación parlamentaria en el Parlamento de Cataluña para la realización de estudios o actividades en el ámbito del desarrollo del pensamiento político y social.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

La Generalidad de Cataluña, con la voluntad de promocionar las actividades y las actuaciones que se dirigen a la implantación y el arraigo de la cultura democrática en la sociedad catalana, tiene prevista una línea de subvenciones a favor de las entidades sin ánimo de lucro que desplieguen programas en el ámbito del estudio y el desarrollo del pensamiento político y social.

Para el ejercicio 2013, rigen los presupuestos aprobados para el ejercicio 2012 por la Ley 1/2012, de 22 de febrero, en los términos previstos en el Decreto 170/2012, de 27 de diciembre, que establece los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2012 mientras no entren en vigor los del 2013. La partida JU01 D/482000100/1210/0000 del presupuesto prorrogado del Departamento de Justicia contiene dotación adecuada y suficiente para las subvenciones objeto de esta convocatoria.

La Asesoría Jurídica y la Intervención Delegada del Departamento de Justicia han informado sobre esta convocatoria y sus bases reguladoras.

De acuerdo con que establecen el artículo 87 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

Ordeno:

Primero

1.1 Hacer pública la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades jurídicas sin ánimo de lucro vinculadas a partidos políticos con representación parlamentaria en el Parlamento de Cataluña para la realización de estudios o actividades relacionados con el derecho y el funcionamiento de las instituciones democráticas, la difusión del pensamiento político y social del sistema democrático y su profundización.

1.2 Las subvenciones que se concederán en el marco de esta convocatoria tienen como finalidad contribuir a la implantación y al arraigo de la cultura democrática en la sociedad catalana.

1.3 Es necesario que estas actividades se hayan desarrollado en el transcurso del año 2012.

1.4 Esta convocatoria va a cargo de la partida presupuestaria JU01 D/482000100/1210/0000, de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña prorrogados de 2012, por un importe total máximo de 477.000 euros.

Segundo

Aprobar las bases que tienen que regir el concurso, que se publican como anexo de esta Orden.

Tercero

Pueden optar a las subvenciones que se convocan en esta Orden las entidades que acrediten el cumplimiento de los requisitos siguientes en el año 2012:

  1. Estar legalmente constituidas e inscritas, si procede, en el registro que corresponda.

  2. Tener una vinculación efectiva con los partidos políticos con representación en el Parlamento de Cataluña durante la IX legislatura, acreditada mediante un certificado del representante legal del partido político al cual está vinculada, que la designe como tal a los efectos de estas subvenciones.

  3. Estar al día en la presentación de cuentas anuales en el Protectorado o registro administrativo que les corresponda, si procede.

    Cuarto

    Las solicitudes tienen que definir claramente la actividad a subvencionar, el importe de la subvención que se pide, el detalle de las fuentes de financiación de la actividad y el detalle desglosado del coste de la actividad que se ha realizado.

    Quinto

    El plazo de presentación de solicitudes es de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden.

    Sexto

    Sin perjuicio de lo que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, las solicitudes se pueden presentar en:

    Departamento de Justicia, c. Pau Claris, 81, 08010 Barcelona, y c. Aragón, 332, 08009 Barcelona.

    Servicios Territoriales de Justicia:

    Girona: pl. Pompeu...

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