ORDEN EMO/392/2012, de 28 de noviembre, por la que se garantizan los servicios esenciales de desplazamiento y de seguridad vial en los accesos del túnel del Cadí que realiza la empresa Túnel del Cadí, SAC.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Vista la convocatoria de huelga formulada por los delegados de personal de la empresa Túnel del Cadí, SAC (registro de entrada de fecha 16 de noviembre de 2012 en el Tribunal Laboral de Cataluña), prevista para el día 30 de noviembre de 2012, de 8 a 10 horas y de 18 a 20 horas, y para el día 5 de diciembre de 2012, de 8 a 10 horas y de 18 a 22 horas, y que afecta a toda la plantilla;

Considerando que el libre desplazamiento debe considerarse un derecho esencial de los ciudadanos de conformidad con el artículo 19 de la Constitución, lo que conlleva el mantenimiento de las instalaciones y peajes del túnel del Cadí con las debidas condiciones de seguridad para poder actuar de forma inmediata ante incidencias o emergencias en caso de situaciones de riesgo, como pueden ser accidentes, incendios, etc., y así garantizar el derecho a la integridad física y a la seguridad de acuerdo con los artículos 15 y 17 de la Constitución;

Considerando que debe compatibilizarse el legítimo derecho de huelga con el mantenimiento de los servicios esenciales para garantizar los derechos constitucionales, tal como dispone el artículo 28.2 de la Constitución, y que esta restricción sea justificada y proporcional;

Considerando que para garantizar la libre circulación de las personas y bienes en condiciones de seguridad es necesario mantener las vías en las condiciones adecuadas y considerar servicio esencial el mantenimiento del túnel y de sus instalaciones;

Considerando que las áreas de peaje constituyen instrumentos reguladores del tráfico que atenúan el riesgo de accidentes, es necesario asegurar el paso por las áreas mencionadas, tanto en las vías automáticas como en las vías manuales, con una presencia mínima de trabajadores que aseguren la actividad de control y de mantenimiento, de asistencia y de señalización de las incidencias, por lo que todas estas funciones deben ser consideradas como esenciales, y se considera adecuado fijar unos servicios mínimos que garanticen el paso en ambos sentidos de la circulación.

También deberán mantenerse en perfectas condiciones las infraestructuras del túnel para garantizar la seguridad vial y, en este sentido, disponer del personal que realiza las funciones de reparación de los desperfectos y del mantenimiento de la señalización, asistencia al usuario, y el mantenimiento y control de túneles (señalización, ventilación, iluminación y control de accesos).

Considerando que...

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