ORDEN CMC/142/2007, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para el concurso público de concesión de subvenciones a proyectos que fomenten y consoliden el espacio catalán de comunicación presentados por emisoras de radio y televisión, de gestión privada.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

CMC/142/2007, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para el concurso público de concesión de subvenciones a proyectos que fomenten y consoliden el espacio catalán de comunicación presentados por emisoras de radio y televisión, de gestión privada.

La existencia de medios de comunicación de información general o temática especializada responde a la necesidad de los ciudadanos y ciudadanas de satisfacer su derecho a la información y sus deseos de formación y entretenimiento. Asimismo, constituye un vehículo privilegiado de difusión cultual, contribuye a la vertebración de un espacio de comunicación y enriquece la cultura del país.

La Secretaría de Medios de Comunicación del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación tiene entre sus funciones la coordinación de la relación entre el Gobierno de la Generalidad y los medios de comunicación, el diseño de la política del Gobierno que fomente la consolidación del espacio catalán de comunicación y también el impulso y el apoyo a actividades de fomento en el ámbito de la comunicación.

De este modo, la Secretaría de Medios de Comunicación realiza una política de apoyo a los proyectos que tienen por objeto la consolidación y ampliación de las empresas y entidades del sector de los medios de comunicación en catalán y aranés, el fortalecimiento de la industria audiovisual y la vertebración del espacio catalán de comunicación.

Consecuentemente, de conformidad con lo que disponen los artículos 7 y 27 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, por los que se determina la obligación y la capacidad subvencionadora del Gobierno y de las corporaciones locales de fomento de las publicaciones periódicas redactadas total o mayoritariamente en lengua catalana y en aranés para Era Val d'Aran.

Visto lo que dispone el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos básicos de la Ley general de subvenciones;

Vista la Orden del Departamento de Economía y Finanzas del 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997);

En aplicación de lo que dispone el artículo 92.3 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobada por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos que fomenten y consoliden el espacio catalán de comunicación presentados por emisoras de radio y televisión digital de gestión privada.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden PRE/40/2006, de 22 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos que fomenten y consoliden el espacio catalán de comunicación presentados por empresas periodísticas, empresas periodísticas de prensa digital y emisoras de radio y televisión, de gestión privada.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 10 de mayo de 2007

Joan Manuel Tresserras i Gaju

Consejero de Cultura y Medios

de Comunicación

Anexo

Bases

.1 Objeto

El objeto de estas bases es establecer el procedimiento aplicable para la concesión de subvenciones a proyectos, en catalán o aranés, cuyo período de ejecución esté comprendido entre el 16 de noviembre del año anterior al de la publicación de la convocatoria y el 15 de noviembre del año de publicación de la convocatoria, y que sean susceptibles de ser incluidos en alguno de los siguientes supuestos:

  1. Proyectos que impliquen una innovación o mejora substancial en la aplicación y en el uso de las tecnologías.

  2. Proyectos para la consolidación de la radio y/o la televisión.

    La percepción de estas subvenciones es incompatible con la percepción de otras subvenciones para el mismo objeto otorgadas por cualquier otro organismo dependiente de la Generalidad de Cataluña durante el año de la convocatoria. No obstante, será compatible con la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

    .2 Destinatarias

    2.1 Pueden solicitar las subvenciones reguladas en estas bases las empresas de gestión privada, ya sean emisoras de radio o emisoras de televisión con la correspondiente concesión de televisión.

    2.2 No pueden optar a estas subvenciones las empresas y entidades emisoras de los siguientes medios de comunicación:

  3. Las emisoras de radio o de televisión propiedad de instituciones públicas o de entidades privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en la financiación o gobierno de la entidad.

  4. Los medios de comunicación institucionales, boletines y, en general, todos aquéllos que por su objetivo o contenido se dirijan principalmente a socios o socias o miembros de una entidad.

  5. Los reclamos publicitarios y, en...

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