ORDEN ICT/123/2002, de 9 de abril, por la que se abre la convocatoria para el año 2002 (PEEEC-2002) y se aprueban las bases reguladoras para la inclusión de actuaciones en materia de ahorro, eficiencia energética y aprovechamiento de los recursos energéticos renovables en el Plan de ahorro y eficiencia energética de Cataluña (código de ayuda: 1...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ICT/123/2002, de 9 de abril, por la que se abre la convocatoria para el año 2002 (PEEEC-2002) y se aprueban las bases reguladoras para la inclusión de actuaciones en materia de ahorro, eficiencia energética y aprovechamiento de los recursos energéticos renovables en el Plan de ahorro y eficiencia energética de Cataluña (código de ayuda: 102.01 y Z06).

Uno de los ejes básicos de la política energética de la Generalidad de Cataluña es el fomento de la racionalización del uso de la energía, la promoción del aprovechamiento de los recursos energéticos renovables y el impulso en la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías energéticas, de bienes de equipo y de servicios industriales destinados a mejorar la utilización de la energía.

La Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Industria, Comercio y Turismo es la unidad que tiene asignada la ejecución de las actividades que emanan de la política energética de la Generalidad de Cataluña.

A propuesta de la Dirección General de Energía y Minas, y en ejercicio de las atribuciones legales que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se abre la convocatoria para la inclusión de actuaciones en materia de ahorro, eficiencia energética y aprovechamiento de los recursos energéticos renovables en el Plan de ahorro y eficiencia energética de Cataluña para el año 2002 (PEEEC-2002), las cuales disfrutarán de ayudas para su ejecución.

Artículo 2

Se aprueban las bases que tendrán que regir esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo 1 de esta Orden.

A estas bases les son de aplicación el Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprobó el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de la Generalidad de Cataluña modificado por el artículo 28 de la Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de medidas administrativas, fiscales y de adaptación al euro, por el artículo 24 de la Ley 4/2000, de 26 de mayo, de medidas fiscales y administrativas, por el artículo 15 de la Ley 15/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, y por el artículo 25 de la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Artículo 3

Las ayudas objeto de esta Orden se abonarán con cargo en las partidas presupuestarias:

Inversiones en obras y realizaciones en el ámbito del ahorro y eficiencia energética y utilización de las energías renovables:

20.04.760.2006, Subvenciones ahorro energético, por un importe máximo de 660.000 euros, en el caso de corporaciones locales.

20.04.780.2003, Subvenciones ahorro energético, por un importe de 445.846,86 euros, en el caso de particulares e instituciones sin ánimo de lucro.

20.04.770.2005, Subvenciones ahorro energético, por un importe de 723.000 euros, en el caso de empresas privadas.

20.04.740.2005, Subvenciones ahorro energético, por un importe de 60.000 euros, en el caso de empresas públicas y de otros entes públicos.

Inversiones en estudios, acciones de formación, información y difusión y/o presentación de proyectos a convocatorias de programas europeos o internacionales en el ámbito del ahorro, eficiencia energética o aprovechamiento de las energías renovables:

20.04.460.2000, Subvenciones proyectos de ahorro energético, por un importe de 90.000 euros, para corporaciones locales.

20.04.470.2005, Subvenciones proyectos de ahorro energético, por un importe de 90.000 euros, en el caso de empresas privadas.

20.04.480.2004, Subvenciones proyectos de ahorro energético, por un importe de 60.000 euros, en el caso de particulares e instituciones sin finalidad de lucro.

El otorgamiento de las ayudas para el año 2002 quedará condicionado a las disponibilidades presupuestarias.

Artículo 4

Se tendrá que dar publicidad de las ayudas otorgadas mediante la exposición en el tablón de anuncios de la Dirección General de Energía y Minas, av. Diagonal, 514, 2ª planta, de Barcelona. Cuando se trate de ayudas superiores a 1 millón de pesetas, se tienen que publicar en el DOGC, indicando el beneficiario, la cantidad concedida, las finalidades de la ayuda y el crédito presupuestario al cual se han imputado.

Disposición adicional

Se delega en el director general de Energía y Minas para que emita resolución sobre la adjudicación de estas ayudas.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden de 23 de marzo de 2001, por la que se aprueban las bases reguladoras para la inclusión de actuaciones en materia de ahorro, eficiencia energética y aprovechamiento de recursos energéticos renovables en el Plan de ahorro y eficiencia energética de Cataluña y se abre la convocatoria para el año 2001 (DOGC núm. 3370, de 18.4.2001).

Disposiciones finales

-1 Para los ejercicios siguientes la convocatoria de los plazos de presentación de solicitudes y justificación del gasto se anunciarán mediante Orden del consejero de Industria, Comercio y Turismo.

-2 Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 9 de abril de 2002

Antoni Subirà i Claus

Consejero de Industria, Comercio y Turismo

Anexo 1

Bases para la inclusión de actuaciones en materia de ahorro, eficiencia energética y aprovechamiento de los recursos energéticos renovables en el Plan de ahorro y eficiencia energética de Cataluña y convocatoria para el año 2002 (PEEEC-2002).

-1 Objeto

Pueden ser objeto de ayuda los proyectos y actuaciones que tengan las características siguientes:

1.1 Que se puedan integrar a alguno de los siguientes apartados:

a) Actuaciones de utilización racional de la energía o de sustitución de fuentes energéticas en la industria, el transporte, los servicios y los edificios.

b) Actuaciones de demostración y difusión de alguna de las fuentes renovables de energía: hidráulica, eólica, solar (térmica o fotovoltaica), aprovechamiento de la biomasa y de los residuos (industriales, agrícolas, urbanos), geotermia y energía de las olas.

1.2 Que cumplan las exigencias de carácter general sobre utilización de técnicas, tecnologías y sistemas que impliquen una optimización del uso de la...

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