ORDEN CLT/197/2002, de 12 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección General de Política Lingüística.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

CLT/197/2002, de 12 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección General de Política Lingüística.

El Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, regula los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección General de Política Lingüística. En su disposición adicional faculta al consejero o consejera de Cultura para establecer, por medio de una orden, los títulos, diplomas y certificados que son considerados equivalentes a los que regula el citado Decreto.

De acuerdo con la citada disposición adicional,

Ordeno:

Artículo único

Se consideran equivalentes los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección General de Política Lingüística que establece el artículo 5 del Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, los títulos, diplomas y certificados que constan en el anexo.

Barcelona, 12 de junio de 2002

Jordi Vilajoana i Rovira

Consejero de Cultura

Anexo

I. Certificados de referencia de la Dirección General de Política Lingüística establecidos en el artículo 5 del Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán.

  1. Certificado de nivel básico de catalán (A básico).

  2. Certificado de nivel elemental de catalán (A elemental).

  3. Certificado de nivel intermedio de catalán (B).

  4. Certificado de nivel de suficiencia de catalán ( C).

  5. Certificado de nivel de superior de catalán (D).

II. Títulos, diplomas y certificados que se consideran equivalentes a los certificados de catalán de la Dirección General de Política Lingüística indicados en el punto I.

-1 Certificado de nivel básico de catalán (A básico)

Consorcio para la Normalización Lingüística:

Certificado de nivel básico de catalán.

Dirección General de Política Lingüística:

Certificado Internacional de catalán de nivel básico.

-2 Certificado de nivel elemental de catalán (A elemental)

Consorcio para la Normalización Lingüística:

Certificado de conocimientos orales básicos de lengua catalana (a partir de enero de 1999).

Certificado de nivel elemental de catalán.

Dirección General de Política Lingüística:

Certificada internacional de catalán de nivel umbral.

Escuela de Administración Pública de Cataluña:

Certificado de asistencia y aprovechamiento de un curso de lengua catalana de nivel A.

Escuela Municipal de Mallorquín de Manacor:

Certificado de conocimientos orales de catalán (hasta 1991).

Junta Evaluadora de Catalán (Comunidad Autónoma de las Islas Baleares):

Certificado de conocimientos orales de catalán.

Junta Permanente de Catalán (Dirección General de Política Lingüística):

Certificado de conocimientos orales básicos de lengua catalana (certificado A).

Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano (Generalidad Valenciana):

Certificado de conocimientos orales de valenciano.

Obra Cultural Balear:

Acreditación de haber superado el curso de conocimientos orales de lengua catalana (A2) (hasta 1991).

Universidad de Barcelona:

Certificado de conocimientos orales básicos de lengua catalana.

Universidad de las Islas Baleares:

Certificado de conocimientos orales de lengua catalana expedido por el Rectorado (hasta 1991).

Universidad Rovira i Virgili:

Certificado de conocimientos orales y escritos básicos de lengua catalana.

-3 Certificado de nivel intermedio de catalán (B)

3.1 Títulos de la enseñanza reglada no universitaria.

Título de graduado escolar (EGB) obtenido a partir del mes de enero de 1992, siempre que se haya cursado toda la EGB en Cataluña y se haya cursado de forma oficial la materia de lengua catalana en la totalidad de los citados estudios. Para acreditar las condiciones académicas indicadas, debe aportarse un certificado expedido, a solicitud de la persona interesada, por cualquier instituto de educación secundaria público en la forma que determina la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Título de técnico auxiliar (FP1) obtenido a partir del mes de enero de 1992, siempre que se haya cursado toda la EGB y la FP1 en Cataluña y se haya cursado de forma oficial la materia de lengua catalana en la totalidad de los citados estudios. Para acreditar las condiciones académicas indicadas, debe aportarse un certificado expedido, a solicitud de la persona interesada, por cualquier instituto de educación secundaria público en la forma que determina la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

3.2 Diplomas y certificados.

Asesoría de Didáctica del Catalán de la AM Rosa Sensat y Junta Asesora para los Estudios de Catalán:

Certificado de aptitud en lengua catalana expedido por la Asesoría de Didáctica del Catalán de la Asociación de Maestros Rosa Sensat y con la supervisión de la Junta Asesora para los Estudios de Catalán.

Consorcio para la Normalización Lingüística:

Certificado de conocimientos elementales orales y escritos de lengua catalana (a partir del mes de enero de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR