ORDEN TIC/392/2002, de 12 de noviembre, de convocatoria para el año 2003 para la concesión de subvenciones para la realización de determinadas acciones que prevé la Orden de 14 de enero de 2000 (códigos Z23 y Z15).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TIC/392/2002, de 12 de noviembre, de convocatoria para el año 2003 para la concesión de subvenciones para la realización de determinadas acciones que prevé la Orden de 14 de enero de 2000 (códigos Z23 y Z15).

Visto el artículo 6.1 de la Orden de 14 de enero de 2000 (DOGC núm. 3067, de 31.1.2000), por la que se aprueban las bases reguladoras que tienen que regir las subvenciones relativas a las acciones de formación ocupacional y afines de carácter ocupacional que promueve la Dirección General de Empleo del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo;

Considerando que el artículo 34.1 de la Orden de 14 de enero de 2000 establece que pueden solicitar la obtención de las subvenciones para la realización de las acciones formativas establecidas en este capítulo los centros colaboradores en materia de formación ocupacional que estén inscritos en el censo de centros colaboradores;

Considerando el artículo 40 de la Orden de 14 de enero de 2000, que establece que pueden ser beneficiarios de las subvenciones para las acciones integradas para colectivos con especiales dificultades de inserción laboral los centros colaboradores en materia de formación ocupacional que estén inscritos en el censo de centros colaboradores, y los gabinetes de orientación;

Considerando que las acciones formativas dirigidas a la integración de colectivos con especiales dificultades de inserción laboral necesitan un período formativo y de acompañamiento a la inserción más prolongado respecto a otros colectivos a los cuales se dirige la realización de las acciones formativas previstas en la Orden de 14 de enero de 2000, se considera conveniente autorizar con carácter excepcional, de acuerdo con lo que dispone el artículo 11 de la Orden de 14 de enero de 2000, la ejecución de las acciones formativas dirigidas a los colectivos referidos anteriormente más allá del 31 de diciembre de 2003.

Considerando lo dispuesto por la Orden de 9 de octubre de 2000 (DOGC núm. 3257, de 2.11.2000), por la que se modifican determinados artículos de la Orden de 14 de enero de 2000; la Orden de 10 de octubre de 2001 (DOGC núm. 3523, de 28.11.2001), de modificación de la Orden de 14 de enero de 2000, y la Orden de 23 de abril de 2002 (DOGC núm. 3628, de 3.5.2002), por la que se modifican los artículos 35 y 49 de la Orden de 14 de enero de 2000, por la que se aprueban las bases reguladoras que tienen que regir las subvenciones relativas a las acciones de formación ocupacional y afines de carácter ocupacional que promueve la Dirección General de Empleo;

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