ORDEN TRI/89/2004, de 19 de marzo, por la que se deroga la Orden de 8 de mayo de 1995, por la que se regulan las acciones desarrolladas por la Dirección General de Empleo del Departamento de Trabajo, relativas al Servicio Catalán de Colocación.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRI/89/2004, de 19 de marzo, por la que se deroga la Orden de 8 de mayo de 1995, por la que se regulan las acciones desarrolladas por la Dirección General de Empleo del Departamento de Trabajo, relativas al Servicio Catalán de Colocación.

La Orden de 8 de mayo de 1995 reguló las acciones que desarrollaba la Dirección General de Empleo del Departamento de Trabajo, relativas al Servicio Catalán de Colocación, estableciendo que el Departamento de Trabajo, mediante el Servicio Catalán de Colocación, directamente o por medio de los centros colaboradores, llevaba a cabo acciones de información y direccionamiento, tratamiento de demandas de empleo, captación de ofertas de trabajo e intermediación entre ofertas y demandas. Así mismo, se establecía que los centros colaboradores podían llevar a cabo una o diversas de las tres primeras acciones.

La Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de empleo y de creación del Servicio de Empleo de Cataluña, establece unos criterios ordenadores e integradores de las funciones y los servicios en materia de empleo. Así establece que la intermediación en el mercado de trabajo se tiene que ejercer por medio de una red básica integrada por todas las oficinas del Servicio de Empleo de Cataluña, con la participación de las entidades expresamente autorizadas.

Posteriormente, la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de empleo, crea el Sistema Nacional de Empleo definido como el conjunto de estructuras, medidas y acciones necesarias para promover la política de empleo y que está integrado por el Servicio Público de Empleo estatal y los servicios públicos de empleo autonómicos. Este Sistema Nacional de Empleo se coordinará mediante el sistema de información de los Servicios Públicos de Empleo (SISPE), entre otros instrumentos.

Este nuevo sistema requiere que el Servicio de Empleo de Cataluña lleve a cabo la actualización de sus aplicaciones de gestión, que ahora se tienen que organizar bajo una estructura informática integrada y compatible para todos los servicios públicos de empleo estatales y autonómicos, lo que implica la supresión del Servicio Catalán de Colocación, manteniendo un período transitorio para aquellos centros que aún mantenían su colaboración debido a las prórrogas de las autorizaciones efectuadas.

Por todo esto, considerando que se ha efectuado el trámite preceptivo de consulta del Consejo de Trabajo, Económico y Social de...

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