ORDEN ARP/121/2002, de 9 de abril, por la que se establecen medidas complementarias de regulación de la extracción de coral en el litoral de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/121/2002, de 9 de abril, por la que se establecen medidas complementarias de regulación de la extracción de coral en el litoral de Cataluña.

Finalizada la campaña de extracción de coral correspondiente al año 2001 y examinados los datos obtenidos a partir de las estadísticas de extracción de coral en el litoral de Cataluña, se considera procedente mantener medidas complementarias de regulación de esta actividad para el año 2002.

De acuerdo con el Decreto 291/1983, de 30 de junio, sobre extracción de coral,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 La campaña de extracción de coral para el año 2002, dentro de las aguas interiores del litoral catalán, se iniciará el 1 de mayo de 2002 y finalizará el 31 de octubre de 2002, ambos incluidos.

1.2 Los coraleros sólo podrán hacer una inmersión extractiva diaria.

Artículo 2

2.1 Se autoriza a las personas que se citan en el anexo de esta Orden para extraer coral dentro de las aguas interiores del litoral catalán, desde el 1 de mayo de 2002 hasta el 31 de octubre de 2002.

2.2 Los coraleros que hayan sido autorizados para efectuar la campaña del año 2002 y no ejerzan esta actividad en el litoral de Cataluña, lo comunicarán a la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos a los efectos de la prioridad que establece el artículo 9 del Decreto 291/1983, de 30 de junio.

Artículo 3

3.1 La extracción de coral en la zona comprendida dentro del ámbito marino del parque natural de Cap de Creus se efectuará de acuerdo con lo que establece la Ley 4/1998, de 12 de marzo (DOGC núm. 2611, de 1.4.1998).

3.2 Se prohíbe la extracción de coral en la zona del litoral comprendida entre las localidades de L'Escala y L'Estartit.

3.3 El incumplimiento del contenido de esta Orden se sancionará de acuerdo con el título 5 de la Ley 1/1986, de 25 de febrero, de pesca marítima de Cataluña, modificada por la Ley 15/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Barcelona, 9 de abril de 2002

Josep Grau i Seris

Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca

Anexo

Coralero: Ricard Martí Rovira.

Embarcación: La Trepa Uno.

Matrícula: 4ª BA-5-1-96.

Coralero: José Alberto García Velilla.

Embarcación: Spot.

Matrícula: 4ª BA-5-1-97.

Coralero: Ramon Freixa Galceran.

Embarcación: Spot.

Matrícula: 4ª BA-5-1-97.

Coralero: Jordi Bosch Bofill.

Embarcación: Horitzó.

Matrícula: 4ª BA-6-3-99.

Coralero: Joaquim Pallàs Seix.

Embarcación: La Trepa Uno.

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