RESOLUCIÓN AAR/1690/2009, de 15 de junio, de delegación de competencias del consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural en varios órganos del Departamento.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

AAR/1690/2009, de 15 de junio, de delegación de competencias del consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural en varios órganos del Departamento.

Visto lo que dispone el Decreto 659/2006, de 27 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, modificado por el Decreto 246/2007, de 6 de noviembre;

De acuerdo con los artículos 13.a), 37 y 39 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Resuelvo:

Artículo 1

Delegar en la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural el ejercicio de las competencias en relación con las siguientes materias:

1.1 En materia de contratación:

  1. Las facultades como órgano de contratación hasta un importe máximo de 300.000,00 euros, salvo los que precisen autorización del Gobierno, sin perjuicio de las competencias del secretario o secretaria general en contratación menor.

  2. Las facultades como órgano de contratación en los contratos derivados de acuerdos marco, sin perjuicio de las competencias del secretario o secretaria general en contratación menor.

    La delegación comprende:

  3. Incoación del expediente.

  4. Aprobación del proyecto.

  5. Aprobación del gasto.

  6. Aprobación del pliego de cláusulas administrativas particulares.

  7. Aprobación del pliego de prescripciones técnicas particulares.

  8. Designación de los miembros de la mesa de contratación.

  9. Adjudicación y formalización del contrato.

  10. Cualquier otra facultad relacionada con las anteriores.

    1.2 En materia de convenios:

    La incoación y aprobación del expediente administrativo y la firma del convenio, salvo los que afecten directamente a las relaciones con órganos constitucionales o estatutarios y los que tengan un carácter institucional o protocolario, siempre que no impliquen un gasto superior a 300.000,00 euros.

    1.3 En materia procesal y de régimen de recursos:

  11. La resolución de recursos de alzada contra resoluciones de los directores o directoras generales dictadas en expedientes sancionadores y de ayudas, con un importe máximo de 30.000,00 euros.

  12. La autorización previa a la interposición de acciones por vía judicial, para acceder a las demandas y para desistir de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR