ORDEN EMO/24/2011, de 3 de febrero, por la que se actualizan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre del Departamento de Empresa y Empleo para la temporada 2011.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

ORDEN

EMO/24/2011, de 3 de febrero, por la que se actualizan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre del Departamento de Empresa y Empleo para la temporada 2011.

Visto lo que dispone el apartado segundo del artículo 3 de la Orden TIC/247/2003, de 2 de mayo, por la que se regula la adjudicación de las plazas y el funcionamiento de los servicios de las residencias de tiempo libre en Cataluña (DOGC núm. 3896, de 2.6.2003);

Considerando la necesidad de actualizar los precios de los servicios que se prestan en las residencias de tiempo libre de Les, de Llançà y de la Ciudad de reposo y de vacaciones de Tarragona fijados por la Orden TRE/222/2010, de 11 de febrero, por la que se actualizan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo para la temporada 2010 (DOGC núm. 5608, de 15.4.2010);

Considerando el procedimiento para la creación, modificación y derogación de los precios públicos previsto en el artículo 1.3.1 del Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña (DOGC de 27.6.2008);

De acuerdo con lo establecido en la disposición final primera de la Orden TRE/162/2002, de 17 de abril, por la que se fijan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre;

A propuesta de la directora de Servicios la Secretaría General; vistos los informes favorables de la Intervención Delegada y de la Asesoría Jurídica del Departamento de Empresa y Empleo, y en virtud de mis atribuciones,

Ordeno:

Aprobar los precios públicos, con IVA incluido, de los diferentes servicios que se prestan en las residencias de tiempo libre del Departamento de Empresa y Empleo, de acuerdo con los conceptos y los importes que se establecen en los anexos 1, 2 y 3 de esta Orden.

Disposición transitoria única

La aprobación de los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre producirá efectos a partir del día 3 de enero de 2011.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 3 de febrero de 2011

F. Xavier Mena

Consejero de Empresa y Empleo

Anexo 1

Precios de las estancias por día

Temporada Baja

Ciudad de reposo y de vacaciones de Tarragona

Estancias

Euros
De 0 a 1 años (1) 5,45
De 2 a 12 años (habitación con sala) (2) 18,55
De 13 o más años (habitación con sala) 29,65
De 13 o más años (habitación) 2
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