ORDEN CLT/39/2003, de 23 de enero, por la que se establece la visita pública gratuita de los monumentos y de los museos que gestionan el Departamento de Cultura y las entidades del que dependen para las personas mayores de 65 años.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
CLT/39/2003, de 23 de enero, por la que se establece la visita pública gratuita de los monumentos y de los museos que gestionan el Departamento de Cultura y las entidades del que dependen para las personas mayores de 65 años.
La Orden de 8 de julio de 1998, por la que se fijan los precios de la visita pública de los museos que gestionan el Departamento de Cultura y sus entidades autónomas, y la Orden de 22 de diciembre de 1999, por la que se fijan los precios de visita pública a los monumentos gestionados por el Departamento de Cultura, establecen la aplicación de una tarifa reducida para las personas mayores de 65 años.
La presente Orden modifica las dos órdenes mencionadas para establecer la visita pública gratuita de los monumentos y de los museos que gestionan el Departamento de Cultura y las entidades autónomas del que dependen para las personas mayores de 65 años, con el objetivo de facilitar aún más el acceso de estas personas a los equipamientos culturales.
A propuesta de la Dirección General del Patrimonio Cultural, y vistos los informes favorables de la Intervención Delegada y de la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Finanzas;
De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña,
Orden:
Se establece la visita pública gratuita de los monumentos y de los museos que gestionan el Departamento de Cultura y las entidades del que dependen para las personas mayores de 65 años. A tal efecto, se modifican las disposiciones siguientes, que pasan a tener la redacción que consta en anexo:
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Los puntos 2 y 3 del apartado A del anexo de la Orden de 22 de diciembre de 1999, por la que se fijan los precios de visita pública a los monumentos gestionados por el Departamento de Cultura y de los servicios complementarios que en él se prestan.
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Los puntos 1.2 y 1.3 del apartado A del anexo de la Orden de 8 de julio de 1998, por la que se fijan los precios de la visita pública de los museos que gestionan el Departamento de Cultura y sus entidades autónomas y de los servicios complementarios que en él se prestan.
Barcelona, 23 de enero de 2003
Jordi Vilajoana i Rovira
Consejero de Cultura
Anexo
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Modificación de los precios de visita pública a los monumentos
Los puntos 2 y 3 del apartado A del anexo de la Orden de 22 de diciembre de 1999, por la que se fijan los precios de visita pública a los monumentos gestionados por...
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