ORDEN JUS/167/2008, de 15 de abril, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones a entidades jurídicas sin ánimo de lucro vinculadas a partidos políticos con representación parlamentaria para estudios o actividades.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

JUS/167/2008, de 15 de abril, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones a entidades jurídicas sin ánimo de lucro vinculadas a partidos políticos con representación parlamentaria para estudios o actividades.

La Generalidad de Cataluña, con la voluntad de promocionar las actividades y las actuaciones que se dirigen a la implantación y el arraigo de la cultura democrática en la sociedad catalana, tiene prevista una línea de subvenciones a favor de las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen programas en el ámbito del estudio y desarrollo del pensamiento político y social. Con esta finalidad se ha incluido una partida, la JU01D/482000100/1210, en el presupuesto del Departamento de Justicia correspondiente al ejercicio 2008, la cual ha sido dotada de un crédito presupuestario de 660.000 euros.

Visto que la Asesoría Jurídica y la Intervención Delegada del Departamento de Justicia han informado favorablemente sobre las bases de la convocatoria;

De conformidad con las previsiones del capítulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002);

En ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 Convocar la concesión de subvenciones a entidades jurídicas sin ánimo de lucro vinculadas a partidos políticos con representación parlamentaria para estudios o actividades relacionados con el derecho y el funcionamiento de las instituciones democráticas, la difusión y la profundización del pensamiento político y social del sistema democrático.

1.2 Las subvenciones que se concedan en el marco de esta convocatoria han de tener como finalidad contribuir a la implantación y arraigo de la cultura democrática en la sociedad catalana.

1.3 Será necesario que estas actividades se realicen en el transcurso del año 2008.

1.4 Esta convocatoria va a cargo de la partida presupuestaria JU01D/482000100/1210 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2008, por una cantidad máxima de 660.000 euros.

Artículo 2

Aprobar las bases que regirán el concurso, que se publican como anexo de esta Orden.

Artículo 3

Pueden optar a las subvenciones que se convocan en esta Orden las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar legalmente constituidas e inscritas, si procede, en el registro que corresponda.

  2. Tener una vinculación efectiva con los partidos políticos que tienen representación en el Parlamento de Cataluña, acreditada mediante un certificado del representante legal del partido político al que está vinculada designándola como tal a los efectos de las presentes subvenciones.

  3. Estar al día en la presentación de cuentas anuales en el protectorado o registro administrativo que les corresponda, en su caso.

Artículo 4

Las solicitudes deben definir claramente la actividad a subvencionar, el importe de la subvención que se...

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