EDICTO del Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Vilanova i la Geltrú, sobre autos de juicio verbal (exp. 63/2009).

SecciónAdministración de Justicia
EmisorJuzgados de primera instancia e instrucción
Rango de LeyEdicto

EDICTO

del Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Vilanova i la Geltrú, sobre autos de juicio verbal (exp. 63/2009).

D/ña. Francesc Calls Ginesta Secretario Judicial del Juzgado Primera Instancia 8 Vilanova i la Geltrú

HAGO SABER:

Que en este Juzgado se tramitan bajo núm. 63/2009 actuaciones de Juicio verbal (desahucio por falta de pago) a instancia de ARRENDAMIENTOS Y BIENES INMUEBLES, S.L. representado por el Procurador/a Sr/a. ALBERTO-LUIS LOPEZ JURADO GONZALEZ contra CRISTIAN MORENO ARMENGOU sobre Juicio Verbal de Desahucio por Falta de Pago en los que en resolución dictada el dia de la fecha se ha acordado notificar por edictos a la parte demandada CRISTIAN MORENO ARMENGOU por ignorarse su paradero, la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA 162/09

En Vilanova i la Geltrú, a dieciocho de diciembre de dos mil nueve

Habiendo sido vistos por Dª. MARGA FE SUBIRATS, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. OCHO de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Verbal de resolución de contrato de arrendamiento y reclamación de rentas, registrados con el núm. 63/2009 de los asuntos civiles de este Juzgado, que han sido promovidos por ARRENDAMIENTOS Y BIENES INMUEBLES, S.L., representada por el procurador D. Alberto López Jurado y asistida por el letrado D. Antonio Caballero Caballero, contra D. CRISTIAN MORENO ARMENGOU, en situación de rebeldía procesal, se procede a dictar la presente resolución.

FALLO

Que, con estimación íntegra de la demanda presentada por la representación procesal de ARRENDAMIENTOS Y BIENES INMUEBLES, S.L., debo DECLARAR Y DECLARO haber lugar al Desahucio solicitado y condenar al demandado, D. CRISTIAN MORENO ARMENGOU, a que desaloje, deje libre, vacua y expedita y a disposición de la parte actora, la vivienda sita en la Calle Panxo Ferrer núm. 10, Escalera B, Planta Baja, Puerta 3ª de Vilanova i la Geltrú, declarándose resuelto el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 15 de julio de...

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