ORDEN GAP/355/2009, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria para otorgar subvenciones a municipios con una población de hasta 5.000 habitantes para la adquisición de un vehículo polivalente y multifuncional para la realización de tareas y servicios municipales, y se abre la correspondiente a 2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

GAP/355/2009, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria para otorgar subvenciones a municipios con una población de hasta 5.000 habitantes para la adquisición de un vehículo polivalente y multifuncional para la realización de tareas y servicios municipales, y se abre la correspondiente a 2009.

El Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, atribuye al Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas las competencias en materia de asistencia y cooperación con el mundo local de Cataluña.

En este marco competencial, el Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas quiere coadyuvar en los gastos que los municipios tienen que realizar para garantizar el cumplimiento de los servicios básicos municipales y para realizar tareas como la limpieza, el transporte de materiales, la limpieza de nieve, el mantenimiento en general, el servicio de grúa, etc. Por esta razón se considera conveniente abrir una línea de ayudas a los municipios que tienen menos recursos económicos a fin de que puedan disponer de una nueva generación de vehículos camión polivalentes, lo que garantiza que den respuesta eficiente a las necesidades y poder solucionar los problemas que les surgen continuamente. Por esta razón, es voluntad de esta convocatoria establecer los criterios básicos que permitirán a los pequeños municipios, en convocatorias anuales, acogerse a una línea de subvenciones que permita renovar su parque móvil con la adquisición de vehículos polivalentes y de carácter multifuncional.

Por todo lo expresado, y de acuerdo con lo que establecen el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003;

En uso de las facultades que me otorga la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a municipios con una población de hasta cinco mil habitantes para la adquisición de un vehículo polivalente y multifuncional para la realización de tareas y servicios municipales. Se otorgará un máximo de una ayuda económica por municipio.

Artículo 2

Aprobar las bases de la convocatoria, que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

El importe global máximo destinado a esta convocatoria es de dos millones cuatrocientos mil euros (2.400.000 euros), a cargo de la partida presupuestaria D760.0001.00/7130 del presupuesto del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas de la Generalidad de Cataluña para el año 2009.

Artículo 4

Las solicitudes se deben presentar, en el lugar y la forma indicados en las bases reguladoras, en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Artículo 5

El consejero de Gobernación y Administraciones Públicas, a propuesta del director general de Administración Local, será el órgano competente para resolver sobre esta convocatoria.

Artículo 6

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Barcelona, 14 de julio de 2009

Jordi Ausàs i Coll

Consejero de Gobernación y Administraciones Públicas

Anexo 1

Bases para la concesión de subvenciones para la adquisición de un vehículo polivalente y multifuncional para la realización de tareas y servicios municipales

.1 Objeto

El objeto de estas subvenciones es la financiación para la adquisición de un vehículo polivalente y multifuncional para la realización de tareas y servicios municipales.

A este efecto, se otorgarán unas ayudas económicas como subvención parcial del coste del vehículo a fin de que los municipios beneficiarios adquieran los vehículos.

El importe de estas ayudas económicas se distribuirá en función del número de habitantes del municipio solicitante. El porcentaje otorgado por tramo de población respecto del coste final del vehículo el siguiente:

Tramo de población: 0-500 habitantes.

Subvención del coste del vehículo: 90%.

Tramo de población: 501-1000 habitantes.

Subvención del coste del vehículo: 85%.

Tramo de población: 1.001-2.000 habitantes.

Subvención del coste del vehículo: 80%.

Tramo de población: 2.001-5.000 habitantes.

Subvención del coste del vehículo: 70%.

.2 Beneficiarios

2.1 Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los municipios con una población de hasta cinco mil habitantes de conformidad con las cifras oficiales publicadas por el Instituto de Estadística de Cataluña referidas al año inmediatamente anterior al de la convocatoria de las ayudas.

2.2 No serán objeto de valoración las solicitudes provenientes de municipios que no hayan cumplido la obligación legal de perdonar copia de la liquidación del presupuesto del ejercicio inmediatamente anterior al de la publicación de la resolución de la convocatoria al Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas.

.3 Cuantía de las ayudas

3.1 La cuantía de la subvención consiste en un porcentaje del coste final de adquisición del vehículo, en función de los tramos de población establecidos en la base 1 y de acuerdo con el coste final que resulte del acuerdo marco. Esta...

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