RESOLUCIÓN ENS/986/2003, de 14 de abril, de convocatoria del procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, turno especial, en la especialidad de psicología y pedagogía.

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

ENS/986/2003, de 14 de abril, de convocatoria del procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, turno especial, en la especialidad de psicología y pedagogía.

De acuerdo con lo que prevé el artículo 45 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, las administraciones educativas competentes podrán convocar concurso oposición, turno especial, para el acceso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria especialidad de psicología y pedagogía en el que, únicamente, podrán participar los funcionarios del cuerpo de maestros que, con titulación de licenciados en psicología o pedagogía, presten servicios con carácter definitivo en plazas de su ámbito de gestión obtenidas por concurso de méritos en los servicios de orientación o asesoramiento psicopedagógico.

A propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos,

Resuelvo:

Abrir convocatoria para la realización de pruebas para la provisión de 28 plazas de funcionario docente del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria (código 590) de la especialidad de psicología y pedagogía (código PSI).

.1 Normativa aplicable

En este procedimiento es de aplicación la normativa siguiente:

La Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (BOE núm. 238, de 4.10.1990).

El Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el cual se aprueba la refundida en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509, anexo, de 3.11.1997).

El Real decreto 575/1991, de 22 de abril, por el cual se regula la movilidad entre los cuerpos docentes y la adquisición de la condición de catedrático (BOE núm. 97, de 23.4.1991).

El Real decreto 850/1993, de 4 de junio, por el cual se regula el ingreso y la adquisición de especialidades en el cuerpo de funcionarios docentes (BOE núm. 155, de 30.6.1993).

El artículo 45 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social (BOE núm. 313, de 31.12.2001).

Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la educación (BOE núm. 307, de 24.12.2002).

Otras disposiciones de aplicación general así como lo establecido en esta convocatoria.

.2 Requisitos de los aspirantes

2.1 Podrán tomar parte en el procedimiento selectivo los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros que accedieron definitivamente, por concurso público de méritos, a plazas de los equipos de asesoramiento psicopedagógico de Cataluña, que posean la titulación de licenciado en psicología o pedagogía y que actualmente tengan destino definitivo en alguno de estos equipos.

2.2 No ser funcionario de carrera o en prácticas del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

2.3 Haber permanecido en el cuerpo de maestros, un mínimo de seis años como funcionarios de carrera el último día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.4 El cumplimiento de los requisitos citados anteriormente, se entenderá que deben producirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

.3 Presentación de las solicitudes y forma de pago

3.1 Los que deseen tomar parte en este procedimiento selectivo deberán presentar una solicitud, que se encontrará a disposición de los interesados en las delegaciones territoriales y en la sede central del Departamento de Enseñanza.

Esta solicitud, que en cada caso tendrá asignado un número de referencia identificativo que será diferente en cada una de ellas, deberá cumplimentarse de acuerdo con las instrucciones que figuren al dorso y tendrá que ser, necesariamente, un ejemplar original (con dos hojas autocopiables), de forma que no se podrán hacer fotocopias, ya que cada solicitud debe tener un número de referencia diferenciado.

Los aspirantes con disminuciones harán constar en la casilla correspondiente de participación esta condición, así como la adaptación que soliciten referente al tiempo y a los medios materiales para la realización de las pruebas, con objeto de que puedan actuar en igualdad de condiciones que el resto de los participantes. Si esta adaptación no pudiera recogerse íntegramente en el espacio de la solicitud reservado para estos efectos lo harán constar en una hoja adjunta.

La solicitud que se presente deberá ir acompañada de una fotocopia del documento nacional de identidad, que tendrá que estar vigente dentro del plazo de su presentación. En esta solicitud constará impreso el código del cuerpo y el de la especialidad.

3.2 Los aspirantes que posean alguno de los requisitos para quedar exentos de la prueba oral y escrita de la lengua catalana a que se refiere la base 7.2, tendrán que indicar este hecho en la casilla correspondiente de la solicitud y deberán adjuntar una fotocopia compulsada del documento acreditativo correspondiente para poder ser declarados exentos. Únicamente no tendrán que adjuntar la fotocopia compulsada de este documento acreditativo los aspirantes a los cuales ya les conste esta información en el registro informático del personal docente de la Generalidad.

3.3 Los derechos de examen serán, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre (DOGC núm. 2548, de 31.12.1997), de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, modificada por la Ley 30/2002 de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2003 (DOGC núm. 3791, anexo, de 31.12.2002), el cual se detalla a continuación:

Cuerpo: profesores de enseñanza secundaria.

Importe de los derechos: 45,10 euros.

El pago de los derechos de examen se efectuará en cualquiera de las oficinas de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona "La Caixa" que, mediante la transacción RIN, validará mecánicamente el impreso de solicitud y estampará el sello de la entidad, de forma que el interesado, con la hoja que le corresponde, pueda acreditar el abono. El pago también podrá efectuarse a través de los terminales de ServiCaixa.

En este último caso, el pago podrá hacerse a la hora de cierre de las oficinas de "La Caixa" correspondiente al último día de plazo de presentación de la solicitud.

La falta de pago o el abono fuera de plazo determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación de la solicitud y el pago en la entidad bancaria no comportará la sustitución del trámite necesario de presentación de la solicitud dentro del plazo y en la forma procedente en los lugares que prevén, a estos efectos, las bases de esta convocatoria.

3.4 Presentación de la solicitud.

Las solicitudes de participación y la documentación que debe adjuntarse, se podrá presentar con anterioridad al abono de los derechos de examen sí éste, se hace por alguno de los medios previstos en la base 3.3, de forma que el interesado no tendrá que efectuar ningún otro trámite. Aún habiéndose hecho la presentación, la solicitud no tendrá efecto hasta que no se haya comprobado el pago efectivo de los derechos de examen.

Las solicitudes de participación de dirigirán a la directora general de Recursos Humanos del Departamento de Enseñanza (Via Augusta, 202-226, 08021 Barcelona) y podrán presentarse:

a) En las delegaciones del Departamento de Enseñanza, cuyas direcciones figuran en el anexo 2.

b) En cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, del 27.11.1992), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con las condiciones señaladas del precepto citado.

En el caso que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de certificarla.

Como excepción, si no se hace el pago de los derechos de examen por alguno de los medios previstos en la base 3.3, se podrá hacer el ingreso mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente 2100-3000-11-2201661873.

Las personas que utilicen esta forma de pago tendrán que hacer constar como ordenantes, el DNI y el nombre y apellidos del aspirante, tendrán que adjuntar a la solicitud el resguardo de la imposición y lo tendrán que presentar en alguno de los lugares previstos a este efecto. En este caso, para garantizar la validez del pago es imprescindible que en la primera posición del remitente conste el DNI del aspirante y, a continuación, los apellidos y el nombre.

3.5 Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalidad de Cataluña.

.4 Admisión de aspirantes

4.1 Lista de admitidos y excluidos.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos, en el plazo máximo de un mes, publicará en el Diari Oficial de la Generalidad de Cataluña la resolución que declara aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En esta resolución se indicarán los lugares donde se expondrá al público la lista certificada completa de los aspirantes admitidos y excluidos, que, en todo caso, deberá exponerse en la sede central del Departamento de Enseñanza, y en cada una de sus delegaciones territoriales, así como en la página de Internet del Departamento de Enseñanza http://gencat.net/ense. En esta lista deberá constar, al menos, el nombre y apellidos, el número de DNI, la exención de la prueba de lengua catalana, así como el motivo de la exclusión de los aspirantes provisionalmente excluidos.

Con la publicación de la resolución que declare aprobada la lista de admitidos y excluidos, se considerará hecha la correspondiente notificación a los interesados, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

4.2 Los...

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