ORDEN SSS/270/2003, de 26 de mayo, por la que se crea la Comisión asesora del registro de trasplante hepático de Cataluña y se regula la obligatoriedad de la recogida y transmisión de los datos del registro de trasplante hepático de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

SSS/270/2003, de 26 de mayo, por la que se crea la Comisión asesora del registro de trasplante hepático de Cataluña y se regula la obligatoriedad de la recogida y transmisión de los datos del registro de trasplante hepático de Cataluña.

La Orden del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de 26 de mayo de 1994 (DOGC núm. 1907, de 10.6.1994) creó la Organización Catalana de Trasplantes (OCATT), con la finalidad de dotar al Servicio Catalán de la Salud de una estructura que ordene, planifique y programe las actuaciones sanitarias en materia de extracción y trasplante de órganos y tejidos.

En el ámbito de la Organización Catalana de Trasplantes, de acuerdo con lo que establece el artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se creó el fichero denominado registro de trasplante hepático de Cataluña, mediante la Orden SSS/250/2002, de 1 de julio, por la que se regulan los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal en el ámbito del Servicio Catalán de la Salud (DOGC núm. 3678, de 16.7.2002).

La precitada Orden establece que la recogida de los datos del registro de trasplante hepático de Cataluña se llevará a término mediante el boletín de notificación y la transmisión electrónica de datos facilitados por los centros que llevan a cabo este tratamiento; y la transmisión electrónica de datos del registro de donantes y enfermos en espera de un trasplante y del registro del conjunto mínimo básico de datos.

Actualmente, se manifiestado la necesidad de regular la recogida de datos y otros aspectos que se consideran oportunos para la actualización del registro, por lo que es necesario disponer de un órgano asesor de la Organización Catalana de Trasplantes en relación con las cuestiones que se deriven. A este efecto, se crea una comisión asesora del registro de trasplante hepático de Cataluña, sin que su creación comporte aumento de los órganos activos ni de las dotaciones de personal del Servicio Catalán de la Salud, al Área Sanitaria del que se adscribe.

En consecuencia, de acuerdo con lo que disponen los artículos 12 y 22 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Se crea la Comisión asesora del registro de trasplante hepático de Cataluña como órgano asesor de...

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