ORDEN BES/234/2002, de 3 de julio, por la que se aprueba la tramitación telemática del procedimiento de concesión de ayudas del Programa de ayudas de atención social a las personas con disminución.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

BES/234/2002, de 3 de julio, por la que se aprueba la tramitación telemática del procedimiento de concesión de ayudas del Programa de ayudas de atención social a las personas con disminución.

Dentro del plan de actuación e-Europe 2002 de las Comunidades Europeas, la Generalidad de Cataluña puso en marcha, mediante el Acuerdo de 13 de julio de 1999, el proyecto de Administración Abierta de Cataluña, con el fin de acercar sus servicios al ciudadano mediante la utilización de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.

Ahora, el Departamento de Bienestar Social desea ampliar los canales de información y de prestación del servicio del Programa de atención social a las personas con disminución, con la incorporación de este servicio a la Administración Abierta de Cataluña.

Considerando el Decreto legislativo 17/1994, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la refundición de las leyes 12/1983, de 14 de julio, 26/1985, de 27 de diciembre, y 4/1994, de 20 de abril, en materia de asistencia y servicios sociales; el Decreto 284/1996, de 23 de julio, de regulación del sistema catalán de servicios sociales, modificado por el Decreto 176/2000, de 15 de mayo, y el Plan de actuación social vigente;

Considerando el Decreto 24/1998, de 4 de febrero, por el que se regula el Programa de ayudas de atención social a personas con disminución, así como la Orden BES/6/2002, de 10 de enero, por la que se establece el Programa de apoyo a la autonomía en el propio hogar, se abre convocatoria y se aprueban las bases para la concesión de ayudas a personas naturales para programas del Departamento de Bienestar Social en materia de servicios sociales.

Considerando el Decreto 324/2001, de 4 de diciembre, relativo a las relaciones entre los ciudadanos y la Administración de la Generalidad de Cataluña a través de Internet;

Visto el informe del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información sobre la adecuación técnica de los programas y aplicaciones, emitido en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 del Decreto 85/2002, de 19 de febrero, de creación de la Comisión de Coordinación Interdepartamental de Gestión de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y el informe de la Asesoría Jurídica del Departamento de Bienestar Social;

En uso de las facultades que me otorga la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobación del procedimiento

Se aprueba la tramitación telemática del procedimiento de concesión de ayudas del Programa de ayudas de atención social a las personas con disminución, que se rige por la normativa vigente y se adapta a las peculiaridades de la prestación de servicios utilizando técnicas telemáticas y telefónicas mediante lo establecido en la presente Orden.

Artículo 2

Presentación de solicitudes

2.1 Las solicitudes...

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