ORDEN ARP/28/2003, de 20 de enero, de tercera modificación de las bases reguladoras de las ayudas agroambientales y de convocatoria de las correspondientes al año 2003.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/28/2003, de 20 de enero, de tercera modificación de las bases reguladoras de las ayudas agroambientales y de convocatoria de las correspondientes al año 2003.

El Real decreto 708/2002, de 19 de julio, establece medidas complementarias al Programa de desarrollo rural para las medidas de acompañamiento de la política agraria común. Este Real decreto recoge las modificaciones del Programa, aprobadas por Decisión C (2001) 4739, de 20 de diciembre de 2001, y tiene el carácter de normativa básica.

La Orden de 1 de marzo de 2001, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas agroambientales, y se convocan las correspondientes al año 2001 (DOGC núm. 3345, de 12.3.2001), prevé el establecimiento, en el ámbito de Cataluña, de medidas específicas destinadas a la conservación y la promoción de una naturaleza de alta calidad y de una agricultura sostenible que respete las exigencias medioambientales.

La experiencia de la primera campaña de establecimiento de medidas agroambientales, hizo aconsejable, mediante la convocatoria del 2002 (Orden ARP/26/2002, de 30 de enero, DOGC núm. 3568, de 5.2.2002) facilitar la posibilidad de que nuevos titulares de explotaciones pudieran acogerse a la agricultura y la ganadería ecológica, así como establecer una nueva línea de ayuda para el mantenimiento de prados en las explotaciones ganaderas extensivas de áreas de montaña.

Para el año 2003, siguiendo la trayectoria anterior, y con el objeto de promover una naturaleza de alta calidad y una agricultura sostenible que respete las exigencias medioambientales, se prevé convocar dos nuevas líneas de ayuda agroambiental, de acuerdo con el Real decreto 708/2002, de 19 de julio (BOE núm. 175, de 23.7.2002), y al efecto es necesario modificar las bases reguladoras de estas ayudas con el fin de establecerlas y determinar su régimen jurídico.

Las bases reguladoras de las ayudas de esta convocatoria son las aprobadas por la Orden de 1 de marzo de 2001, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas agroambientales, y se convocan las correspondientes al año 2001 (DOGC núm. 3345, de 12.3.2001), modificadas por la Orden de 22 de marzo de 2001 (DOGC núm. 3358, de 29.3.2001) y por la Orden ARP/26/2002, de 30 de enero (DOGC núm. 3568, de 5.2.2002).

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Modificación de las bases reguladoras

Se modifican las bases reguladoras de las ayudas agroambientales, aprobadas por la Orden de 1 de marzo de 2001 y modificadas por la Orden de 22 de marzo de 2001 y por la Orden ARP/26/2002, de 30 de enero, en el sentido siguiente:

1.1 Se añaden dos nuevos apartados el d.3) y el e) en el apartado 4 de las bases reguladoras, con la redacción siguiente:

"d.3) Apicultura para la mejora de la biodiversidad en medios frágiles.

"El objetivo de esta línea es la mejora de la biodiversidad en los agroecosistemas propios de la dehesa, prados y pastos donde puedan existir especies relictas.

"e) Protección de flora y fauna en zonas húmedas: la actuación va dirigida a evitar la desecación de zonas húmedas, con la protección del recurso natural agua y su calidad, y con la finalidad de evitar el deterioro del hábitat de las aves acuáticas. Esta actuación se concreta en la línea de ayuda siguiente:

"e.1) Actuaciones en arrozales.

"El objetivo de esta línea es el fomento de la mejora de la calidad medioambiental de las aguas y las tierras dedicadas al cultivo del arroz mediante la conservación de la superficie inundada, la regulación y la racionalización de la utilización de fertilizantes y productos fitosanitarios ecotóxicos. Se permite la realización del cultivo al mismo tiempo que la inundación de la superficie cultivada durante épocas prolongadas del año, beneficia el avifauna que alberga y evita el abandono de las tierras."

Artículo 2

Modificación del anexo 2 de la Orden de 1 de marzo de...

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