ORDEN PTO/330/2008, de 23 de junio, de convocatoria para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actuaciones en suelos de protección paisajística y costera y en suelo no urbanizable del sistema costero, y de aprobación de las bases reguladoras.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Orden |
52630
Disposiciones
ORDEN
PTO/330/2008, de 23 de junio, de convocatoria para el otorgamiento de subven-
ciones en régimen de concur rencia competitiva para actuaciones en suelos de
protección paisajística y costera y en suelo no urbanizable del sistema costero, y
de aprobación de las bases reguladoras.
De conformidad con lo que establece el artículo 15.3 de la Ley 8/2005, de 8 de
junio, de protección, gestión y ordenación del paisaje, el Departamento de Política
Territorial y Obras Públicas, departa mento del Gobierno de la Generalidad de
Cataluña competente en materia de paisaje, debe potenciar las actividades de las
administ raciones locales que cumplan actuaciones de promoción y protección
del paisaje, especialmente las que tengan por objeto la custodia del territorio para
la preservación de sus valores paisajísticos, y debe dar apoyo a las actividades
mencionadas.
En fecha 25 de mayo de 2005, se aprobó el Plan director urbanístico del sistema
costero, que tiene como objetivos la preservación del entorno, la gestión paisajística
y el uso social del espacio costero.
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taluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, la normativa
básica estatal de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de
su reglamento de desarrollo aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio,
y el resto de normativa aplicable,
ORDENO:
—1 Hacer pública la convocator ia para el año 2008, para el otorgamient o
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actuaciones en
suelos de protección paisajística y costera y en suelo no urbanizable del sistema
costero.
—2 Aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones, que
constan en el anexo de esta Orden.
distribuidos en las anualidades siguientes: año 2008, un importe máximo de 600.000
euros, con cargo a la posición presupuestaria D760000100/5440 del centro gestor
PO08 del presupuesto vigente de la Generalidad; año 2009, un importe máximo de
600.000 euros con cargo a la partida presupuestaria correspondiente del presupuesto
de la Generalidad para el 2009.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el
de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 23 de junio de 2008
JOAQUIM NADAL I FARRERAS
Consejero de Política Territorial
y Obras Públicas
ANEXO
Bases reguladoras
—1 Objeto y actuaciones subvencionables
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