ORDEN PTO/330/2008, de 23 de junio, de convocatoria para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actuaciones en suelos de protección paisajística y costera y en suelo no urbanizable del sistema costero, y de aprobación de las bases reguladoras.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyOrden
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Disposiciones
ORDEN
PTO/330/2008, de 23 de junio, de convocatoria para el otorgamiento de subven-
ciones en régimen de concur rencia competitiva para actuaciones en suelos de
protección paisajística y costera y en suelo no urbanizable del sistema costero, y
de aprobación de las bases reguladoras.
De conformidad con lo que establece el artículo 15.3 de la Ley 8/2005, de 8 de
junio, de protección, gestión y ordenación del paisaje, el Departamento de Política
Territorial y Obras Públicas, departa mento del Gobierno de la Generalidad de
Cataluña competente en materia de paisaje, debe potenciar las actividades de las
administ raciones locales que cumplan actuaciones de promoción y protección
del paisaje, especialmente las que tengan por objeto la custodia del territorio para
la preservación de sus valores paisajísticos, y debe dar apoyo a las actividades
mencionadas.
En fecha 25 de mayo de 2005, se aprobó el Plan director urbanístico del sistema
costero, que tiene como objetivos la preservación del entorno, la gestión paisajística
y el uso social del espacio costero.
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taluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, la normativa
básica estatal de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de
su reglamento de desarrollo aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio,
y el resto de normativa aplicable,
ORDENO:
—1 Hacer pública la convocator ia para el año 2008, para el otorgamient o
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actuaciones en
suelos de protección paisajística y costera y en suelo no urbanizable del sistema
costero.
—2 Aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones, que
constan en el anexo de esta Orden.
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distribuidos en las anualidades siguientes: año 2008, un importe máximo de 600.000
euros, con cargo a la posición presupuestaria D760000100/5440 del centro gestor
PO08 del presupuesto vigente de la Generalidad; año 2009, un importe máximo de
600.000 euros con cargo a la partida presupuestaria correspondiente del presupuesto
de la Generalidad para el 2009.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el 
de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 23 de junio de 2008
JOAQUIM NADAL I FARRERAS
Consejero de Política Territorial
y Obras Públicas
ANEXO
Bases reguladoras
—1 Objeto y actuaciones subvencionables
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