ORDEN EMO/211/2012, de 11 de julio, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basuras y limpieza viaria y de playas que la empresa Cespa, SA, presta en el municipio de Sant Feliu de Guíxols.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Vista la convocatoria de huelga formulada por el sindicato Comissió Obrera Nacional de Catalunya (CCOO) en la empresa Cespa, SA (registro de entrada de 6 de julio de 2012, en los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo en Girona), cuyo inicio está previsto a partir de las 6.00 horas del día 16 de julio de 2012, con carácter indefinido, y que afecta a la totalidad de la plantilla del centro de Sant Feliu de Guíxols;

Considerando que la empresa realiza los servicios de recogida de basura (fracción orgánica, de rechazo y recogida selectiva –vidrio, envases y papel/cartón– y selectiva comercial) y los servicios de limpieza viaria y de playas y aguas marinas, así como la recogida de voluminosos y la gestión de la desecharía municipal, los cuales son servicios esenciales para la comunidad, ya que su interrupción afectaría bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y al medio ambiente que señalan los artículos 43 y 45 de la Constitución, y una acumulación de residuos en las vías públicas y, muy especialmente, la materia orgánica susceptible de descomposición favorecen, aparte de los malos olores, la proliferación de insectos y roedores, los cuales son vehículos de transmisión de enfermedades infectocontagiosas, que generan riesgo para los ciudadanos;

Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción debe ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Considerando que es necesario garantizar una máxima asepsia y limpieza en los centros sanitarios, asistenciales y su entorno, una máxima higiene en los centros que organizan colonias urbanas de verano y centros escolares con servicio de comedor y garantizar un entorno de limpieza en las áreas de los mercados municipales de abastecimiento de productos perecederos, será necesario realizar el servicio de recogida de basuras habitual en estas zonas.

Considerando el grado de putrefacción, descomposición, fermentación y mal olor de la basura, se deberá recoger y transportar cada 72 horas la fracción de rechazo y cada 48 horas la fracción orgánica, en ambos casos se contará desde la última recogida. Si en la jornada de recogida de las basuras antes mencionadas no se hubiera realizado la retirada total, deberá continuarse durante las...

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