ORDEN CMC/420/2010, de 28 de julio, por la que se crea el Servicio de Atención a los Museos de Les Terres de l'Ebre.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

CMC/420/2010, de 28 de julio, por la que se crea el Servicio de Atención a los Museos de Les Terres de l'Ebre.

El artículo 34.1 de la Ley 17/1990, de 2 de noviembre, de museos, establece que con el objeto de garantizar la conservación y la custodia del patrimonio museístico y el depósito del material procedente de las intervenciones arqueológicas y de dar apoyo técnico a los museos de Cataluña, el Departamento competente en materia de cultura tiene que crear los servicios de atención a los museos.

De acuerdo con el mencionado precepto y con el artículo 39 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,

Ordeno:

Artículo 1

Creación

Se crea el Servicio de Atención a los Museos de Les Terres de l'Ebre, que depende de la Dirección General competente en materia de patrimonio cultural.

Artículo 2

Funciones

Son funciones del Servicio de Atención a los Museos de Les Terres de l'Ebre las siguientes:

  1. Proporcionar asesoramiento y apoyo técnico a los museos, a fin de que puedan cumplir adecuadamente las obligaciones que les impone la Ley 17/1990, de 2 de noviembre, de museos.

  2. Custodiar, conservar, documentar y posibilitar el estudio del patrimonio museístico y de los materiales procedentes de intervenciones arqueológicas que se depositen en sus instalaciones de acuerdo con la normativa vigente.

  3. Conocer la situación y necesidades de los museos de su ámbito territorial.

  4. Supervisar y controlar los traslados cautelares de fondos de los museos y también las salidas de objetos de estos museos, cuando así se les pida.

  5. Coordinar y realizar la restauración de bienes culturales muebles de acuerdo con las directrices, la planificación y los controles técnicos establecidos por la Dirección General competente en materia de patrimonio cultural.

  6. Coordinar las exposiciones itinerantes y otros programas de difusión cultural del Departamento competente en materia de cultura que se realicen en los museos de su ámbito territorial.

  7. Informar sobre el estado de conservación y condiciones de difusión de los bienes muebles integrantes del patrimonio museístico que se encuentren dentro de su ámbito territorial.

  8. Presentar anualmente a la Dirección General competente en materia de...

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