DECRETO 263/2001, de 25 de septiembre, de creación de la Delegación Territorial del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de las Tierras del Ebro.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

263/2001, de 25 de septiembre, de creación de la Delegación Territorial del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de las Tierras del Ebro.

El Decreto 79/2001, de 6 de marzo, de creación de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en las Tierras del Ebro (DOGC núm. 3353, de 22.3.2001), creó una delegación territorial del Gobierno de la Generalidad específica que abarca territorialmente las comarcas de las Tierras del Ebro con la finalidad de garantizar una gestión coordinada y eficaz de los asuntos que les afectan y que son competencia de la Generalidad de Cataluña.

La disposición final primera del citado Decreto establece que, antes del 1 de enero de 2002, habrá que haber adoptado las disposiciones reglamentarias adecuadas con el fin de que los departamentos de la Administración de la Generalidad adecuen su estructura territorial a la nueva situación derivada de la aplicación de este Decreto.

Esta previsión legal obliga a revisar la estructura territorial del Departamento de Sanidad y Seguridad Social y a reestructurar sus unidades orgánicas con la finalidad de crear la Delegación Territorial del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de las Tierras del Ebro.

De conformidad con las previsiones de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta del consejero de Sanidad y Seguridad Social y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Creación

Se crea la Delegación Territorial del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de las Tierras del Ebro, cuyo alcance territorial es el de las comarcas de El Baix Ebre, El Montsià, La Terra Alta y La Ribera d’Ebre.

Artículo 2

Sede

La Delegación Territorial del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de las Tierras del Ebro tiene su sede en la ciudad de Tortosa.

Artículo 3

Delegado/a territorial

3.1 Al frente de la Delegación Territorial del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de las Tierras del Ebro habrá un delegado o una delegada territorial con la asimilación orgánica y provisión previstas en el último párrafo del artículo 53 del Decreto 262/2000, de 31 de julio, de reestructuración del Departamento de Sanidad y Seguridad Social (DOGC núm. 3200, de 8.8.2000).

3.2 El delegado o delegada territorial tiene el régimen, la dependencia y las funciones...

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