RESOLUCIÓN GAP/3498/2004, de 20 de diciembre, de convocatoria del proceso selectivo, turno especial de promoción interna, para el ingreso en el cuerpo de diplomatura de la Generalidad, educación social (núm. de registro de convocatoria 102).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

GAP/3498/2004, de 20 de diciembre, de convocatoria del proceso selectivo, turno especial de promoción interna, para el ingreso en el cuerpo de diplomatura de la Generalidad, educación social (núm. de registro de convocatoria 102).

El artículo 59.1 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, determina la garantía de la promoción interna a los funcionarios que prestan servicios en la Administración de la Generalidad, mediante el acceso desde un cuerpo o una escala de un grupo a otros del grupo inmediatamente superior, si cumplen los requisitos que se enumeran y se superan los procesos selectivos determinados.

La Ley 24/2002, de 18 de noviembre, crea la especialidad de educación social dentro del cuerpo de diplomatura de la Generalidad y regula el acceso, entre otros sistemas, mediante una promoción interna especial en tres procesos selectivos, el primero de los cuales se convoca mediante la presente Resolución.

Visto lo que dispone la Orden GRI/121/2003, de 14 de marzo, por la que se aprueba la tramitación telemática del procedimiento de participación en las convocatorias de procesos selectivos para el acceso a determinados cuerpos de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Visto que se han llevado a cabo los trámites que prevé la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las administraciones públicas, modificada por la Ley 7/1990, de 19 de julio;

Visto lo que dispone la Resolución GAP/2665/2004, de 29 de septiembre, de delegación de competencias del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas en el director general de la Función Pública (DOGC núm. 4233, de 6.10.2004), y de acuerdo con lo que establece el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Convocar el proceso selectivo, turno especial de promoción interna, para el ingreso en el cuerpo de diplomatura de la Generalidad de Cataluña, educación social (núm. de registro de la convocatoria 102), de conformidad con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución y de acuerdo con las resoluciones de 30 de junio de 1997 (DOGC núm. 2426, de 4.7.1997) y GRI/2926/2003, de 25 de septiembre (DOGC núm. 3979, de 2.10.2003), por las que se aprueban la parte general y la parte específica del temario, respectivamente.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el director general de la Función Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 20 de diciembre de 2004

P. D. (Resolución GAP/2665/2004, DOGC de 6.10.2004)

Francisco José González Ruiz

Director general de la Función Pública

Anexo 1

Bases de la convocatoria

.1 Normas generales

1.1 Se convoca el proceso selectivo, turno especial de promoción interna, para proveer 82 plazas para el acceso al cuerpo de diplomatura de la Generalidad de Cataluña, educación social.

1.2 Las funciones que corresponden a los funcionarios del cuerpo de diplomatura de la Generalidad de Cataluña, educación social, son las derivadas del ejercicio profesional de la titulación académica de educación social, y las funciones de colaboración en las tareas específicas de estudio, de control, de ejecución y de inspección que corresponden a los cuerpos del grupo A y en especial en los campos de la educación no formal, de educación de adultos, incluidos los de la tercera edad, de la inserción social de personas desadaptadas o discapacitadas y de acción socio-eduativa.

1.3 La realización de este proceso selectivo se ajusta a lo que establece el artículo 103 de la Constitución española; a la normativa estatal básica recogida en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y posteriores modificaciones legislativas; al Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre; a la Ley 9/1986, de 10 de noviembre, de cuerpos de funcionarios de la Generalidad de Cataluña, modificada por la disposición adicional 8 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, que determina el cambio de denominación de cuerpos, categorías y escalas funcionariales de la Generalidad; a la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal; a la Ley 24/2002, de 18 de noviembre, de creación de la especialidad de educación social en el cuerpo de diplomatura de la Generalidad; a la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística; al Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña; a la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística; al Decreto 28/1986, de 30 de enero, del Reglamento de selección de personal; al Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, y a estas bases. La realización de la prueba se ajustará a lo que disponga la laegislación vigente en el momento de su ejecución.

1.4 Los aspirantes, a lo largo del proceso selectivo, deben acreditar el conocimiento de la lengua catalana, tanto en la expresión oral como en la escrita, en el grado adecuado a las funciones propias del cuerpo de diplomatura de la Generalidad, educación social.

.2 Requisitos de participación en la convocatoria

Para ser admitidos en el proceso selectivo, los aspirantes han cumplir los requisitos siguientes:

2.1 No superar la edad establecida para la jubilación forzosa.

2.2 Satisfacer los derechos de examen.

2.3 Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas.

2.4 No estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas ni estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública.

2.5 Tener el título académico de diplomado en educación social, de diplomado universitario, de ingeniero técnico, de arquitecto técnico o cualquier otro equivalente a éstos o de nivel superior, o estar en condiciones de obtenerlo.

Si se trata de un título obtenido en el extranjero, se ha de disponer de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación y Ciencia.

2.6 Ser funcionario del grupo C de la Administración de la Generalidad.

2.7 Estar prestando o haber prestado servicios ocupando un puesto de trabajo de educador/a con carácter definitivo y ejerciendo funciones de educador social; o bien, haber prestado servicios con carácter provisional e ininterrumpidamente en puesto de trabajo de educador/a, durante un período mínimo de cinco años, iniciado antes del día 28 de agosto de 2001.

2.8 Estos requisitos se han cumplir el último día del plazo de presentación de solicitudes y se han continuar cumpliendo hasta la fecha de la toma de posesión como funcionario de carrera.

.3 Solicitudes

3.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se tienen que dirigir al director general de la Función Pública, formalizadas en un modelo normalizado, en soporte papel o telemático, de acuerdo con las instrucciones que figuran en el anexo 4.

3.2 Estas solicitudes están a disposición de los aspirantes en las direcciones que se indican en el anexo 3 y no se podrán utilizar fotocopias, ya que cada solicitud ha de tener un número de referencia diferenciado.

3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOGC.

3.4 Las solicitudes en soporte papel se pueden presentar en los registros detallados en el apartado 1 del anexo 3. Asimismo, también se podrán presentar, dentro del plazo indicado en la base anterior, por los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Las solicitudes en soporte telemático se tienen que presentar en el registro indicado en el apartado 3 del anexo 3.

3.5 Los aspirantes dan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto del trámite del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente.

.4 Derechos de examen

4.1 De acuerdo con lo que prevé la normativa vigente en materia de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, para inscribirse en la convocatoria los aspirantes deben satisfacer la tasa de 36,55 euros.

4.2 Cuando se utilice el modelo de instancia en soporte papel disponible en los registros de las unidades indicadas en el apartado 1 del anexo 3, el pago de la tasa se ha de efectuar en cualquiera de las oficinas de la Caja de Ahorros y Pensiones...

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