RESOLUCIÓN GAP/2683/2008, de 1 de septiembre, de convocatoria del proceso selectivo para proveer 748 plazas de la agrupación profesional de funcionarios del cuerpo subalterno de administración de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 161).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Rango de LeyResolución

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RESOLUCIÓN

GAP/2683/2008, de 1 de septiembre, de convocatoria del proceso selectivo para proveer 748 plazas de la agrupación profesional de funcionarios del cuerpo subalterno de administración de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 161).

Visto el Acuerdo del Gobierno de 26 de agosto de 2008, por el que se aprueba la oferta de empleo público parcial para el año 2008 de 680 plazas y 68 plazas adicionales de la agrupación profesional de funcionarios del cuerpo subalterno de administración de la Generalidad de Cataluña;

Vista la Resolución GAP/1644/2007, de 28 de mayo, por la que se aprueban y se hacen públicas las bases generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a cuerpos y escalas de la Administración de la Generalidad de Cataluña competencia de la Dirección General de Función Pública (DOGC núm. 4898, de 6.6.2007, corrección de erratas en el DOGC núm. 4912, de 26.6.2007), modificadas por la Resolución GAP/2765/2007, de 10 de septiembre (DOGC núm. 4970, de 18.9.2007);

Visto lo que dispone la Orden GRI/121/2003, de 14 de marzo, por la que se aprueba la tramitación telemática del procedimiento de participación en las convocatorias de procesos selectivos para el acceso a determinados cuerpos de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Visto lo que dispone la Resolución GAP/1417/2007, de 25 de abril, de delegación de competencias del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas en la directora general de Función Pública (DOGC núm. 4884, de 16.5.2007), y de acuerdo con lo que establece el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Convocar el proceso selectivo para proveer 680 plazas y 68 más correspondientes al 10% adicional de la agrupación profesional de funcionarios del cuerpo subalterno de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 161), de conformidad con el contenido de estas bases específicas y de las bases generales, en todo aquello que no se oponga a las anteriores.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante la directora general de Función Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para a la defensa de sus intereses.

Barcelona, 1 de septiembre de 2008

P. D. (Resolución GAP/1417/2007, DOGC de 16.5.2007)

Leonor Alonso i González

Directora general de Función Pública

Anexo 1

Bases generales

Son las publicadas por la Resolución GAP/1644/2007, de 28 de mayo (DOGC núm. 4898, de 6.6.2007, corrección de erratas en el DOGC núm. 4912, de 26.6.2007), y modificadas por la Resolución GAP/2765/2007, de 10 de septiembre (DOGC núm. 4970, de 18.9.2007), en todo aquello que no se oponga a las presentes bases.

Bases específicas

.1 Descripción de las plazas

Se convoca el proceso selectivo para proveer 680 plazas de la agrupación profesional de funcionarios del cuerpo subalterno de administración de la Generalidad de Cataluña. De estas plazas, 34 se reservan para los/las aspirantes que tengan reconocida la condición legal de discapacitado/a.

Asimismo, se incluyen 68 plazas adicionales para los/las aspirantes que, una vez superados todos los requisitos del proceso selectivo, no hayan obtenido plaza.

En el caso de que las plazas reservadas a los/las aspirantes con la condición legal de discapacitado/a no se cubran, se acumularán a las del resto del turno libre.

Las funciones que corresponden a los/las funcionarios/as de la agrupación profesional de funcionarios del cuerpo subalterno de administración de la Generalidad de Cataluña son las de vigilancia de los locales; control de las personas que accedan a las oficinas públicas, informándoles de la situación de los locales; custodia del material, del mobiliario y de las instalaciones; utilización de máquinas reproductoras, fotocopiadoras y similares, y, en general, otras tareas de carácter similar, así como la atención del alumnado en el caso de que se presten servicios en centros educativos de conformidad con lo que establece la disposición adicional décima del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, y que constan, junto con la descripción orientativa de las tareas a desarrollar, en la dirección web http://www.gencat.cat/governacio-ap/administracio/ofe-conv.htm.

Hasta la resolución de esta convocatoria, no se pueden amortizar, transformar ni modificar sustancialmente las plazas convocadas, si no es en cumplimento de las normas de procedimiento administrativo.

.2 Requisitos y condiciones de los aspirantes

2.1 Titulación.

No se exige poseer ninguna titulación académica.

2.2 Lengua catalana.

Estar en posesión de conocimientos de nivel intermedio de lengua catalana (B) que establece el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán.

2.3 Lengua castellana.

Los/las aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán poseer conocimientos de lengua castellana de nivel B2.

A los efectos de la exención prevista en el segundo párrafo del punto 5.4 de las bases generales, los documentos a los que hacen referencia sus letras a) y b) se entenderán referidos a:

  1. Haber cursado la primaria y la secundaria en el Estado español.

  2. Diploma de español (nivel B2) o equivalente.

    También quedarán exentos de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua castellana los/las aspirantes que, mediante la presentación de un título académico oficial, acrediten el nivel de conocimientos requerido, por haber cursado los estudios necesarios para su obtención en esta lengua.

    .3 Solicitudes

    La formalización, obtención y presentación de solicitudes se debe hacer telemáticamente en la web http://www.gencat.cat/governacio-ap/administracio. También se puede hacer en soporte papel en los sitios y el plazo que se establecen en el punto 3 de las bases generales.

    Deberán hacerse constar todos los datos requeridos en los apartados correspondientes de acuerdo con las instrucciones siguientes:

  3. "Número de la convocatoria": 161 (sólo es necesario rellenarlo en el modelo de instancia en soporte papel).

  4. "Turno por el que se participa": libre, de acuerdo con lo que dispone la base 1.

  5. "Otros datos de la convocatoria":

    Epígrafe A. La localidad donde el/la aspirante quiere realizar la primera prueba (Barcelona, Lleida, Girona, Manresa, Tarragona o Tortosa), en el caso de que el tribunal acuerde la descentralización de su celebración. Si no lo indica, se entenderá que se quiere realizar en Barcelona.

    Epígrafe C. La circunstancia que corresponda en relación con la nacionalidad, de acuerdo con lo que dispone el punto...

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