RESOLUCIÓN IRP/3274/2007, de 31 de octubre, de convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de mozo/a del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad (núm. de registro de la convocatoria 46/08).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

IRP/3274/2007, de 31 de octubre, de convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de mozo/a del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad (núm. de registro de la convocatoria 46/08).

Visto lo dispuesto en los artículos 20 y siguientes de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, y la restante normativa de general aplicación;

Visto el Acuerdo GOV/125/2007, de 30 de octubre, por el que se aprueba la oferta pública de ocupación de plazas del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad de Cataluña para el año 2008;

Visto lo que establece el artículo 20.2 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, así como el artículo 1.h) de la Resolución IRP/4181/2006, de 18 de diciembre, de delegación de funciones del consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en diversos órganos del Departamento,

Resuelvo:

Artículo 1

Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1300 plazas de la categoría de mozo/a de la escala básica del cuerpo de mozos de escuadra (núm. de registro de la convocatoria 46/08).

Artículo 2

Las funciones que deben realizar las personas aspirantes que sean nombradas son las atribuidas a los mozos de escuadra por la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, en sus artículos 12, 19.1.d) y 19.3.

Artículo 3

Las pruebas de selección se harán de acuerdo con las bases y las especificaciones que figuran a los anexos de esta Resolución.

Artículo 4

Contra esta Resolución de convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en el plazo de un mes previsto en el artículo 117 de la citada Ley, o bien recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, en el plazo de dos meses, ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con lo previsto en le artículo 10 de la citada Ley. Estos plazos contarán a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 31 de octubre de 2007

P. D. (Resolución IRP/4181/2006, DOGC de 21.12.2006)

Joan Boada i Masoliver

Secretario general

Anexo 1

Bases

.1 Normas generales

1.1 Se convocan 1300 plazas de la categoría de mozo/a de la escala básica del cuerpo de mozos de escuadra.

1.2 El ámbito de destino de las personas que ocupen los puestos de trabajo es el comprendido en todo el territorio de Cataluña.

.2 Requisitos de participación en la convocatoria

2.1 Para tomar parte en esta convocatoria, las personas aspirantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:

  1. Tener la nacionalidad española.

  2. Poseer el título de graduado/a en educación secundaria, de graduado/a escolar, formación profesional de primer grado o equivalente, o cualquier otro de nivel superior. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, se debe disponer de la homologación correspondiente del Ministerio de Educación y Ciencia.

  3. Haber cumplido 18 años y tener menos de 35.

  4. Tener una altura mínima de 1,70 m los hombres y de 1,60 m las mujeres.

  5. No estar incluido en ninguna causa de exclusión médica de las establecidas en el anexo 5 de la presente convocatoria.

  6. No haber sido condenado/a por ningún delito o, en caso de haberlo estado, tener extinguida la responsabilidad penal y cancelados los antecedentes penales, o haber solicitado, si procede, la cancelación, y no estar inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas, ni estar separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública. Será aplicable, sin embargo, el beneficio de la rehabilitación, siempre que la persona aspirante lo acredite mediante el correspondiente documento oficial.

  7. Satisfacer la tasa establecida en el apartado 3.5 de estas bases.

  8. Tomar el compromiso de llevar armas mediante una declaración jurada.

  9. Poseer el permiso de conducir vehículos de la clase B según el Real decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de conductores o de la clase B1 de la legislación anterior.

    2.2 Los requisitos de los apartados de la a) a la h) deben cumplirse dentro del plazo de presentación de solicitudes y deben mantenerse durante todo el proceso, salvo el requisito previsto en el apartado c).

    El requisito del apartado i) se debe cumplir dentro del plazo de presentación de la documentación acreditativa de los requisitos, previsto en la base 8.1.1, plazo que se hará público en el momento de publicar la relación de personas convocadas al curso selectivo en el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.

    .3 Solicitudes

    3.1 Lugares donde obtener los impresos de solicitud.

    Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de las personas interesadas en el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en la Dirección General de la Policía, en las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona, Catalunya Central, Alt Pirineu i Aran y Terres de l'Ebre y en todas las comisarías del cuerpo de mozos de escuadra y en la dirección de internet siguiente: http://www.gencat.net/mossos.

    Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se deben que dirigir al secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación y se deben formalizar utilizando el modelo normalizado que figura en el anexo 6 de esta convocatoria.

    3.2 Lugares donde presentar las solicitudes.

    Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se podrán presentar en los registros siguientes:

    Registro del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, Via Laietana, 69, 08003 Barcelona.

    Registro de la Dirección General de la Policía, Travessera de les Corts, 319-321, 08029 Barcelona.

    Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Barcelona, Via Laietana, 14, 08003 Barcelona.

    Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Girona, Gran Via de Jaume I, 9, 17001 Gerona.

    Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Lleida, c. Lluís Companys, 1, 1º, 25003 Lleida.

    Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Tarragona, c. Sant Francesc, 3, 43071 Tarragona.

    Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Les Terres de l'Ebre, c. Montcada 23 43500, Tortosa.

    Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en la Catalunya Central, c. Via Laietana 14, 08003 Barcelona.

    Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en L'Alt Pirineu i Aran, ctra. C-13, km 90,2, 25630 Talarn.

    Asimismo, se pueden presentar en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto a fin de que la solicitud sea fechada y sellada por la persona funcionaria de correos antes de ser certificada.

    3.3 Plazo de presentación.

    El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria al DOGC.

    3.4 Documentación necesaria.

    Junto con la solicitud, y dentro del plazo que establece el punto 3.3 anterior, las personas aspirantes tienen que adjuntar:

  10. Dos fotografías en formato de carné.

  11. Dos fotocopias del documento nacional de identidad. Si el DNI se ha extraviado o se está renovando hay que adjuntar dos fotocopias del resguardo y dos fotocopias del pasaporte o del permiso de conducir.

  12. A los efectos de la exención de la realización de la prueba de conocimientos de lengua catalana establecida en la base 6.1.1.2, las personas aspirantes tendrán que presentar uno de los documentos siguientes:

    1) Fotocopia confrontada de la documentación acreditativa de estar en posesión, si es necesario , del nivel intermedio de catalán (B) de la Secretaría de Política Lingüística, superior o equivalente, de acuerdo con la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política, Lingüística (DOGC núm. 4168, de 6.7.2004).

    2) Certificación del/de la secretario/a general del departamento correspondiente, o del órgano en el cual delegue, en el que conste de manera clara y expresa el proceso de selección para acceder a la Administración de la Generalidad de Cataluña en el que haya participado la persona aspirante y con indicación del número de registro de la convocatoria, el nivel de conocimientos de la lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación que ha obtenido plaza. Si se trata de alguno de los procesos selectivos convocados y resueltos por el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación no será necesaria la acreditación documental mencionada.

    3) Con respecto a las personas aspirantes que...

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