RESOLUCIÓN INT/1094/2011, de 4 de mayo, de convocatoria de las pruebas de selección para obtener la habilitación como personal de control de acceso (núm. de registro de la convocatoria PCA/01/2011).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

INT/1094/2011, de 4 de mayo, de convocatoria de las pruebas de selección para obtener la habilitación como personal de control de acceso (núm. de registro de la convocatoria PCA/01/2011).

De acuerdo con el artículo 24.2 de la Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas, así como lo dispuesto en los artículos 61 a 63 y el anexo V del Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas aprobado por el Decreto 112/2010, de 31 de agosto, en relación con los requisitos y las pruebas de selección que deben superar los aspirantes para la obtención de la habilitación de personal de control de acceso de determinados establecimientos o espacios abiertos al público de espectáculos públicos y actividades recreativas;

De acuerdo con lo establecido en el artículo 61 en relación con el apartado 4 del anexo V del Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas aprobado por el Decreto 112/2010, de 31 de agosto, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,

Resuelvo:

Artículo 1

Convocar las pruebas de selección para obtener la habilitación de personal de control de acceso, con sujeción a las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

Contra esta Resolución y sus bases, que no agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Interior en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , de acuerdo con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 4 de mayo de 2011

Andreu Joan Martínez i Hernández

Director general de Administración de Seguridad

Anexo 1

Bases

—1 Normas generales

1.1 Se abre la convocatoria de las pruebas de selección para obtener la habilitación de personal de control de acceso, de acuerdo con los programas de los módulos de conocimientos y de carácter práctico que se determinan en el anexo V del Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas aprobado por el Decreto 112/2010, de 31 de agosto.

1.2 Las funciones que deben ejercer las personas que sean habilitadas como personal de control de acceso son las establecidas en el artículo 60 del mencionado Reglamento.

—2 Requisitos de las personas participantes

2.1 Para tomar parte en esta convocatoria, las personas participantes deben cumplir los requisitos que se especifican en el artículo 61 del Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, que son los siguientes:

  1. Ser mayor de edad.

  2. Tener la ciudadanía española o de alguno de los países que integran la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y de trabajo.

  3. No haber sido condenado por delitos contra las personas, el patrimonio o la salud pública, o justificar que los antecedentes de los delitos cometidos han sido cancelados.

  4. Tener conocimientos mínimos de las lenguas oficiales en Cataluña, con el fin de poder atender al público que se les dirija en cualquiera de ellas.

  5. Haber realizado el curso de formación impartido por el centro de formación debidamente habilitado.

  6. Abonar la tasa fijada en el apartado 3.3 de esta convocatoria.

    2.2 Los requisitos establecidos anteriormente deben cumplirse el último día de presentación de solicitudes y deben mantenerse durante todo el proceso.

    —3 Presentación de solicitudes

    3.1 Documentación que se debe presentar.

    3.1.1 Las personas interesadas en participar en esta convocatoria deben presentar, dentro del plazo y en los lugares establecidos en la base 3.2, la documentación siguiente:

  7. Solicitud de participación dirigida al director general de Administración de Seguridad, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 3.

  8. Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte o permiso de residencia y de trabajo, en el caso de las personas extranjeras.

  9. Certificado original de antecedentes penales, emitido en el año 2011.

  10. Dos fotografías en formato de carnet.

  11. Fotocopia del certificado emitido por el centro de formación, debidamente habilitado, que acredite su asistencia efectiva a, como mínimo, el 90% de las 60 horas de duración del curso de formación del personal de control de acceso, que debe estar debidamente compulsada por el propio centro.

  12. Fotocopia del resguardo de la imposición que acredita el pago de la tasa correspondiente.

    3.1.2 Las personas que no presenten la documentación especificada y/o no cumplan los requisitos necesarios quedarán excluidas del proceso selectivo.

    3.2 Plazo y lugares de presentación de solicitudes.

    Las solicitudes, con la documentación anexa establecida en la base 3.1.1, pueden presentarse en el registro del Departamento de Interior, calle Diputació, 355, 08009 Barcelona, o bien en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

    En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en un sobre abierto con el fin de que la solicitud sea fechada y sellada por el/la funcionario/a de correos antes de ser certificada.

    3.3 Tasa.

    ...

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