DECRETO 134/2003, de 27 de mayo, de segregación de la concesión del túnel del Cadí y sus accesos, del tramo del acceso sur de Bagà, de la carretera C-1411a comprendido entre el PK 100+000 y el PK 100+128.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

134/2003, de 27 de mayo, de segregación de la concesión del túnel del Cadí y sus accesos, del tramo del acceso sur de Bagà, de la carretera C-1411a comprendido entre el PK 100+000 y el PK 100+128.

Por Decreto 712/1973, de 22 de marzo, se adjudicó a Promociones Pirenaicas, SA, hoy Túnel del Cadí, SAC, la concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de un túnel en la sierra del Cadí, con sus accesos desde Bagà (Barcelona), Bellver (Lleida) y Alp (Girona) que completaban la carretera C-1411, de Manresa a Bellver. Esta concesión fue posteriormente ampliada por el Decreto 62/1985, de 22 de febrero, en el ramal de acceso Norte, hasta la intersección con la carretera N-152.

El Departamento de Política Territorial y Obras Públicas y el Ayuntamiento de Bagà han firmado un convenio, con fecha 20 de julio de 2001, para fijar los compromisos de colaboración respecto a las actuaciones necesarias para la ejecución y financiación de las obras del proyecto Mejora local. Mejora de acceso a Bagà C-1411, PK 100+600. Tramo: Bagà (clave MB-98203C1). En este convenio se prevé que, una vez ejecutadas y recepcionadas las obras descritas en el proyecto por parte del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, se cederá al Ayuntamiento de Bagà el tramo de la carretera C-1411a, comprendido entre el PK 100+000 y el PK 100+600, respecto al cual el Ayuntamiento asumirá, desde este momento, su titularidad y conservación.

A efectos de hacer efectiva esta cesión, se hace totalmente necesaria la segregación y reversión anticipada a la Generalidad de Cataluña del tramo de la C-1411a, comprendido entre el p.k. 100+000 y el p.k. 100+128 del acceso sur de Bagà del túnel del Cadí, afectado por el proyecto y por la cesión viaria indicada y que actualmente forma parte de la concesión administrativa adjudicada al Túnel de Cadí, SAC.

En consecuencia, de conformidad con lo que establece el artículo 24 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión, con la conformidad del Túnel del Cadí, SAC y el informe favorable de la Delegación del Gobierno de las Sociedades Concesionarias de Autopistas, a propuesta del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de acuerdo con el Gobierno,

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