ORDEN INT/499/2006, de 25 de octubre, por la que seestablecen los criterios de planificación del horario especial flexible que seaplican a las unidades de seguridad ciudadana de la policía de laGeneralidad-mozos de escuadra.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR
Rango de LeyOrden

ORDEN

INT/499/2006, de 25 de octubre, por la que se establecen los criterios de planificaciÛn del horario especial flexible que se aplican a las unidades de seguridad ciudadana de la policÌa de la Generalidad-mozos de escuadra.

Mediante la Orden de 18 de abril de 2000, se establecieron los criterios de planificaciÛn del horario especial flexible y del horario especial partido que se aplican a las unidades de seguridad ciudadana de las comarcas de despliegue del cuerpo de mozos de escuadra.

Para adaptar el horario especial flexible que tenÌa que regir en la unidad de seguridad ciudadana de la RegiÛn Policial Metropolitana Barcelona, se dictÛ la Orden INT/414/2005, de 20 de octubre, de modificaciÛn de la Orden de 18 de abril citada.

En fecha 1 de noviembre de 2006, la policÌa de la Generalidad-mozos de escuadra se despliega en El VallËs Occidental y en varios municipios de El Baix Llobregat, completando su implantaciÛn en la RegiÛn Policial Metropolitana Norte, y prosiguiÈndola en la RegiÛn Policial Metropolitana Sur, de acuerdo con lo establecido por el Decreto 19/2002, de 22 de enero, de reestructuraciÛn parcial de la DirecciÛn General de Seguridad Ciudadana.

Por otra parte, el Consejo de la PolicÌa-Mozos de Escuadra, en la sesiÛn del dÌa 24 de octubre de 2006, ha aprobado un acuerdo relativo al rÈgimen horario, los premios por antig¸edad, los vales de comedor y las retribuciones, que incluye un nuevo modelo de cuadrante horario de referencia para las unidades de seguridad ciudadana de todo el territorio.

En consecuencia, de conformidad con la disposiciÛn final de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policÌa de la Generalidad-mozos de escuadra, y el artÌculo 3.d) del Decreto 157/1996, de 14 de mayo, de determinaciÛn de los Ûrganos que ejercen las atribuciones y las facultades otorgadas al Departamento de GobernaciÛn por la Ley 10/1994, de 11 de julio,

Ordeno:

ArtÌculo 1

En las unidades de seguridad ciudadana de la policÌa de la Generalidad-mozos de escuadra, la planificaciÛn de la jornada de trabajo en el horario especial flexible a que hace referencia el Decreto 146/1996, de 30 de abril, por el que se aprueba la jornada y el horario de trabajo de los miembros del cuerpo de mozos de escuadra, debe respetar las garantÌas previstas en el artÌculo 8 y concordantes del Decreto mencionado, y tiene que prever adem·s la...

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