ORDEN IRP/1/2007, de 8 de enero, por la que seestablecen las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos dirigidos ala restitución de la memoria democrática, y se abre convocatoria pública parala presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones, para elaño 2007.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/1/2007, de 8 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos dirigidos a la restitución de la memoria democrática, y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones, para el año 2007.

En la programación del 2007 se han previsto dos convocatorias, la presente y una posterior para proyectos de recuperación del patrimonio democrático y de señalización, que se publicará en septiembre, tendrá carácter plurianual y estará dirigida a ayuntamientos y consejos comarcales.

La experiencia en la gestión de las ayudas para proyectos dirigidos a la restitución de la memoria democrática aconseja que determinados proyectos, como son los de recuperación del patrimonio democrático y de señalización tengan un tratamiento diferenciado respecto al resto de actuaciones de restitución de la memoria democrática. Es por este motivo que se ha decidido que estos proyectos, que deberían tener un plazo de ejecución más amplio, sean objeto de una convocatoria separada.

En el año 2006 ha tenido lugar la aprobación del Estatuto de autonomía de Cataluña, el cual en su artículo 54.1 establece que la Generalidad y los otros poderes públicos de Cataluña deben velar por el conocimiento y el mantenimiento de la memoria histórica de Cataluña como patrimonio colectivo que da testimonio de la resistencia y la lucha por las libertades democráticas. Con esta finalidad, deben adoptar las iniciativas institucionales necesarias para el reconocimiento y la rehabilitación de todos los ciudadanos que han sufrido persecución como consecuencia de defensa de la democracia y el autogobierno de Cataluña.

Uno de los objetivos del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación es precisamente la creación del Memorial Democrático con la finalidad de recuperar, conservar y proclamar la memoria democrática antifranquista como patrimonio colectivo y, por tanto, fomentar sus valores en los que se basa la convivencia democrática de la sociedad catalana actual.

De acuerdo con esta finalidad, ya en el 2005 el antiguo Departamento de Relaciones Institucionales y Participación abrió por primera vez una línea de subvenciones dirigida a proyectos de restitución de la memoria histórica de la lucha por la democracia y de sus procesos en la sociedad catalana.

El año 2006 se continuó la experiencia iniciada el 2005 y al mismo tiempo se modificaron las bases para adaptarlas a la conmemoración del 75º aniversario de la II República y del 70º aniversario de la Guerra Civil.

Actualmente los resultados obtenidos en las convocatorias anteriores han puesto de manifiesto la conveniencia de continuar con el soporte a los proyectos dirigidos a la restitución de la memoria democrática y, en el 2007, coincidiendo con el aniversario de las primeras elecciones democráticas y el restablecimiento de la Generalidad de Cataluña, poner especial atención en los proyectos centrados en el período de transición, la cual, según la mayor parte de la historiografía actual, comprende desde mediados de los años 60 hasta el ingreso de España en la Unión Europea.

Igualmente, y para continuar trabajando en la mejora de la calidad de las actuaciones subvencionadas se dan determinadas pautas metodológicas para el desarrollo de los proyectos de investigación.

Por lo tanto, se hace necesaria la redacción de unas nuevas bases reguladoras de las subvenciones para proyectos dirigidos a la restitución de la memoria democrática, que recojan los aspectos mencionados.

Visto el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Visto lo que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña con los informes previos de la Asesoría Jurídica de Relaciones Institucionales y Participación y de la Intervención Delegada,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para los proyectos dirigidos a la restitución de la memoria histórica de la lucha por la democracia durante el período comprendido entre los años 1931-1980, las cuales constan en el anexo de esta Orden.

1.2 Se abre convocatoria pública para el 2007 para la presentación de solicitudes para la obtención de las subvenciones previstas en esta Orden.

Artículo 2

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones empezará al día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC y finalizará el 28 de febrero de 2007.

Artículo 3

Importe y partida presupuestaria

3.1 El importe total máximo destinado a esta convocatoria es de 1.300.000 euros.

3.2 Las subvenciones irán a cargo de las partidas presupuestarias RP01D/460360100/1210 y RP01D/482360100/1210 o equivalentes del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2007.

Artículo 4

Solicitudes y procedimiento

La forma de presentación de las solicitudes, así como el procedimiento de instrucción, resolución y notificación del procedimiento de concesión, serán los previstos en las bases 7, 8 y 9.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 8 de enero de 2007

Joan Saura i Laporta

Consejero de Interior, Relaciones

Institucionales y Participación

Anexo

Bases reguladoras de las subvenciones

.1 Objeto y convocatorias

1.1 Se regulan las subvenciones para los proyectos dirigidos a la restitución de la memoria histórica de la lucha por la democracia durante el período comprendido entre los años 1931-1980.

1.2 La persona titular de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación, por delegación del consejero, establecerá las convocatorias de ayudas según las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio de acuerdo con lo que dispone el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

1.3 A medida que se produzcan renuncias o revocaciones de las subvenciones y en el supuesto de que una vez resuelta la convocatoria se haya agotado el importe máximo destinado al ejercicio, se podrán asignar nuevos otorgamientos a los proyectos que no hayan llegado a obtener ayuda y que, dados los criterios de valoración contenidos en estas bases, mantienen una posición inmediatamente posterior a la de los proyectos subvencionados según el orden de preferencia establecido, siempre que estos proyectos se puedan llevar a cabo en los plazos que establecen estas bases para cada tipo de acción.

.2 Beneficiarios

2.1 Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en estas bases las entidades sin finalidad de lucro y los ayuntamientos y consejos comarcales de Cataluña que lleven a cabo...

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