ACUERDO GOV/31/2007, de 13 de febrero, por el que seautoriza a la consejera de Acción Social y Ciudadanía a convocar lasprestaciones sociales de carácter económico de derecho de concurrencia para elaño 2007.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL Y CIUDADANÍA |
Rango de Ley | Acuerdo |
ACUERDO
GOV/31/2007, de 13 de febrero, por el que se autoriza a la consejera de Acción Social y Ciudadanía a convocar las prestaciones sociales de carácter económico de derecho de concurrencia para el año 2007.
La Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico, ha determinado un régimen jurídico propio para estas prestaciones, a partir de la competencia exclusiva de la Generalidad en materia de asistencia y servicios sociales. Efectivamente, el Estatuto de autonomía determina en su artículo 166 que la competencia exclusiva de la Generalidad comprende las prestaciones técnicas y las prestaciones económicas con finalidad asistencial o complementarias de otros sistemas de previsión pública.
El artículo 5.3 de la Ley 13/2006, de 27 de julio, establece que las prestaciones de carácter económico son de derecho de concurrencia para el beneficiario o beneficiaria cuando la concesión está limitada por las disposiciones presupuestarias y está sometida a concurrencia pública y a priorización de las situaciones de mayor necesidad.
En cuanto a las ayudas y las prestaciones económicas concedidas en convocatorias anteriores a la entrada en vigor de la Ley 13/2006, de 27 de julio, ya han sido prorrogadas para el año 2007 mediante la Orden BEF/551/2006, de 23 de noviembre, de acuerdo con la disposición transitoria octava de dicha Ley.
La finalidad de este Acuerdo es dar cumplimiento al artículo 25.1 de la Ley 13/2006, de 27 de julio, y garantizar la máxima celeridad y eficacia para poder dar cobertura a las situaciones de necesidad protegidas por las prestaciones que ya están creadas y que el departamento competente en materia de servicios sociales convoca anualmente.
A estos efectos, se autoriza a la consejera de Acción Social y Ciudadanía a convocar, mediante una orden, las prestaciones sociales de carácter económico y derecho de concurrencia, creadas con anterioridad a la Ley 13/2006, de 27 de julio, de acuerdo con la normativa vigente y con las disponibilidades presupuestarias.
Por este motivo, a propuesta de la consejera de Acción Social y Ciudadanía, el Gobierno
Acuerda:
.1 A los efectos de dar cobertura, con la máxima celeridad y eficacia, a las situaciones de necesidad del colectivo de personas interesadas, se autoriza a la consejera de Acción Social y Ciudadanía a convocar para el año 2007 las ayudas y las prestaciones económicas de carácter social y asistencial actualmente vigentes, con el mismo objeto y situación de...
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