ORDEN AAR/31/2007, de 16 de febrero, por la que seaprueban las bases reguladoras de las ayudas para las cofradías de pescadores ysus federaciones territoriales, y se convocan las correspondientes al año 2007.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAR/31/2007, de 16 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para las cofradías de pescadores y sus federaciones territoriales, y se convocan las correspondientes al año 2007.

El Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural ha fomentado en los últimos años la realización de actuaciones que tenían por objetivo el fomento del medio rural y pesquero, y en particular, el apoyo a las actividades que facilitaran la prestación de los servicios sociales, económicos, comerciales y administrativos por parte de las cofradías de pescadores y sus federaciones territoriales.

Valorada la conveniencia de continuar el fomento de estas actuaciones y la experiencia alcanzada, conviene establecer nuevamente una línea de ayudas para darle apoyo.

En consecuencia, de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para financiar los gastos derivados de la prestación de servicios sociales, económicos, comerciales y administrativos por parte de las cofradías de pescadores y sus federaciones territoriales, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas para cofradías de pescadores y sus federaciones que realicen la prestación de los servicios sociales, económicos, comerciales y administrativos correspondientes al año 2007, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en el artículo 1 de esta Orden.

2.2 El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden hasta el 30 de marzo de 2007.

2.3 El plazo máximo para emitir la resolución de la ayuda será el que fija el artículo 8.8 del anexo de esta Orden.

2.4 Las ayudas que se convocan en esta Orden se harán efectivas con cargo a la partida presupuestaria AG05D/482170200/6150 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, por una cuantía máxima de 440.024,13 euros.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 16 de febrero de 2007

Joaquim Llena i Cortina

Consejero de Agricultura, Alimentación

y Acción Rural

Anexo

Bases reguladoras

.1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a las ayudas que regulan estas bases está integrado por la Ley 22/2002, de 12 de julio, de cofradías de pescadores (DOGC núm. 3684, de 24.7.2002); el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791, de 31.12.2002); la Orden de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003); la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 1234, de 22.12.1989), y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), así como lo que dispongan las leyes de presupuestos de la Generalidad de Cataluña correspondientes.

.2 Objeto de las ayudas

2.1 El objeto de las ayudas es sufragar parte de los gastos corrientes de las cofradías de pescadores y sus federaciones territoriales que presten servicios sociales, económicos, comerciales y administrativos, y realicen tareas de asesoramiento en el...

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