ORDEN IUE/509/2007, de 18 de diciembre, por la que se revisan, dentro del ámbito de Cataluña, las tarifas del servicio de inspección técnica de vehículos.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN

IUE/509/2007, de 18 de diciembre, por la que se revisan, dentro del ámbito de Cataluña, las tarifas del servicio de inspección técnica de vehículos.

Mediante las órdenes de 16 de noviembre de 1982, del Departamento de Industria y Energía, se adjudicaron los concursos para la explotación en régimen de concesión del servicio de inspección técnica de vehículos en Cataluña.

Teniendo en consideración que en fecha 23 de julio de 2006 finalizó el plazo de las concesiones administrativas del servicio de inspección técnica de vehículos y, en consecuencia, se resolvieron los correspondientes contratos de prestación de servicios;

Teniendo en consideración que en fecha 23 de julio de 2006 las entidades prestadoras del mencionado servicio fueron habilitadas de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 10/2006 de 19 de julio, de prestación de los servicios de inspección en materia de seguridad industrial;

Teniendo en consideración que las tarifas actualmente vigentes del servicio de inspección técnica de vehículos fueron aprobadas por Orden de 18 de febrero de 2002;

Vistas las variaciones producidas en los costes de la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos en este periodo así como en el número de inspecciones y en la productividad, y de acuerdo con la petición razonada de las empresas prestadoras de estos servicios, se hace necesario que las tarifas aplicables actualmente vigentes sean revisadas;

En consecuencia, de acuerdo con las competencias que me han sido legalmente conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Las tarifas a aplicar por las empresas prestadoras del servicio de inspección técnica de vehículos para las revisiones periódicas de los vehículos, a partir de la entrada en vigor de esta Orden serán las siguientes:

1.1 Para las revisiones ordinarias de:

  1. Tacógrafos.

    Total: 47,75 euros.

  2. Vehículos pesados: autobuses y camiones de más de 3.500 kg.

    Total: 57,55 euros.

    Remolques de más de 3.500 kg.

    Total: 36,30 euros.

  3. Vehículos ligeros: autobuses y camiones hasta 3.500 kg, derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables de carácter comercial o destinados al transporte de mercancías.

    Con motor no catalizado.

    Total: 40,35 euros.

    Con motor catalizado.

    Total: 42,45 euros.

    Con motor diesel.

    Total: 44,55 euros.

    Remolques hasta 3.500 kg.

    Total: 30,70 euros.

  4. Vehículos turismos: turismos, taxis, autoescuelas, alquiler con y sin conductor, derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables sin carácter comercial o no destinados al transporte de mercancías.

    Con motor no catalizado.

    Total: 31,15 euros.

    Con motor catalizado.

    Total: 32,05 euros.

    Con motor diesel.

    Total: 35,85 euros.

  5. Vehículos especiales.

    Total: 31,15 euros.

  6. Vehículos a motor hasta tres ruedas.

    Total: 15,05 euros.

    1.2 Para las revisiones extraordinarias que resulten de la aplicación del artículo 6.5 del Real decreto 2042/1994, de 14 de octubre.

    Total: 76,60 euros.

    1.3 Pesadas, por ejes, de camiones en carga.

    Total: 4,40 euros.

Artículo 2

En caso de que se tengan que realizar una segunda revisión o más en función del resultado de las inspecciones realizadas, las tarifas a aplicar serán el 60% de las indicadas en el artículo 1, como de tipo ordinario, si el vehículo se presenta en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de la primera revisión. Serán las siguientes tarifas:

2.1 Para las segundas revisiones ordinarias de:

  1. Tacógrafos.

    Total: 28,45 euros.

  2. Vehículos pesados: autobuses y camiones de más de 3.500 kg.

    Total: 34,55 euros.

    Remolques de más de 3.500 kg.

    Total: 21,75 euros.

  3. Vehículos ligeros: autobuses y camiones hasta 3.500 kg, derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables de carácter comercial o destinados al transporte de mercancías.

    Con motor no catalizado.

    Total: 24,25 euros.

    Con motor catalizado.

    Total: 25,50 euros.

    Con motor diesel.

    Total: 26,75 euros.

    Remolques hasta 3500 kg.

    Total: 18,45 euros.

  4. Vehículos turismos: turismos, taxis, autoescuelas, alquiler con y sin conductor, derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables sin carácter comercial o no destinados al transporte de mercancías.

    Con motor no catalizado.

    Total: 18,70 euros.

    Con motor catalizado.

    Total: 19,25 euros.

    Con motor diesel.

    Total: 21,50...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR