RESOLUCIÓN EDC/368/2006, de 20 de febrero, por la que se convoca concurso público de méritos para la concesión de licencias retribuidas para llevar a cabo estudios sobre la impartición de contenidos curriculares en inglés en Gran Bretaña durante el curso 2006-2007, destinadas al funcionariado de carrera de cuerpos docentes.

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

EDC/368/2006, de 20 de febrero, por la que se convoca concurso público de méritos para la concesión de licencias retribuidas para llevar a cabo estudios sobre la impartición de contenidos curriculares en inglés en Gran Bretaña durante el curso 2006-2007, destinadas al funcionariado de carrera de cuerpos docentes.

El Departamento de Educación quiere destacar la importancia que el conocimiento de las lenguas extranjeras tiene para el alumnado de Cataluña. Una de las maneras de favorecer este conocimiento es la impartición de contenidos curriculares en una lengua extranjera. Para poder llevar a cabo estas enseñanzas es preciso disponer tanto de profesorado formado como de los materiales específicos. Es por ello, y de acuerdo con lo que se prevé en el Plan de formación permanente, que se quiere dar apoyo a estas enseñanzas por medio de la concesión de ayudas de tipología diversa, entre los que se encuentra la concesión de licencias retribuidas para llevar a cabo estudios sobre la impartición de contenidos curriculares en inglés en Gran Bretaña.

Por otra parte, el artículo 95.1 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509, de 3.11.1997), regula la concesión de licencias para realizar estudios sobre materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo y establece que el personal funcionario tiene derecho en percibir todas las retribuciones cuando la licencia es por interés de la propia Administración.

Igualmente, los acuerdos establecidos sobre las condiciones de trabajo del profesorado en el ámbito de la mesa sectorial de negociación del personal docente de enseñanza pública no universitaria prevén incrementar gradualmente el número de licencias retribuidas. Estas licencias tienen la finalidad de favorecer la aportación de planteamientos y estudios sobre los aspectos más significativos del sistema educativo o la elaboración de materiales de utilidad para el sistema educativo.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa,

Resuelvo:

.1 Objeto

Convocar concurso público de méritos para la concesión de 19 licencias retribuidas de una duración de un curso escolar para llevar a cabo, en Gran Bretaña, estudios sobre la impartición de contenidos curriculares en inglés (modalidad C), dirigido al funcionariado de carrera de los cuerpos de maestros y del cuerpo de profesores de enseñanzas secundarias y que cumpla los requisitos establecidos en la base 2 de esta convocatoria en situación de servicio activo.

Estas licencias se destinarán: 13 al personal funcionario del cuerpo de maestros (Inglaterra o Escocia indistintamente) y 6 al personal funcionario del cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria o del cuerpo de maestros con plaza definitiva en un centro de secundaria (Escocia).

.2 Requisitos de participación

Pueden participar en este concurso las personas funcionarias de carrera en servicio activo que pertenezcan a los cuerpos mencionados en el apartado 1, que reúnan las condiciones siguientes:

a) Haber estado en servicio activo en el cuerpo de maestros o de profesorado de enseñanza secundaria como funcionario/a de carrera los tres últimos cursos escolares.

b) No estar sometido o sometida a ninguna sanción administrativa.

c) No haber tenido ninguna licencia de estudios retribuida concedida por el Departamento de Educación ni por el de Bienestar y Familia.

d) Estar ejerciendo la docencia el curso 2005-2006 en un centro de educación infantil y primaria o secundaria donde exista un proyecto lingüístico singular que prevea la impartición de materias o contenidos curriculares de áreas no lingüísticas en inglés o que participe en un plan experimental de lenguas extranjeras.

e) Tener un nivel mínimo de conocimientos de inglés equivalente al cuarto curso de escuela oficial de idiomas.

.3 Presentación de solicitudes, plazos e información de la convocatoria

3.1 Las personas interesadas en participar en esta convocatoria deberán presentar una única solicitud debidamente cumplimentada de acuerdo con el modelo oficial, que estará a su disposición en la sede central del Departamento de Educación, en sus servicios territoriales y en la dirección de Internet http://www.xtec.net/formacio.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al director general de Ordenación e Innovación Educativa y se podrán formalizar por vía telemática, mediante la dirección de Internet http://www.xtec.net/formacio.

3.2.1 Solicitud telemática.

Esta modalidad de solicitud facilita los trámites necesarios para participar en esta convocatoria, garantiza la seguridad y la fiabilidad de los datos generadas y enviados por vía telemática, y agiliza la gestión de la convocatoria.

Las solicitudes telemáticas se formalizarán accediendo a la aplicación informática que estará a disposición de las personas interesadas en la dirección http://www.xtec.net/formacio.

Una vez cumplimentado y comprobado el contenido de la solicitud, ésta se enviará por medios telemáticos dentro del plazo establecido, siguiendo las instrucciones que proporcionará la propia aplicación.

Será necesario imprimir esta solicitud formalizada por vía telemática y entregarla conjuntamente con los documentos a que se hace referencia en el apartado 3.3 de esta convocatoria, en la sede central del Departamento de Educación, en sus servicios territoriales o en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de la oficina de correos antes de ser certificada.

En el caso de no estar de acuerdo con los méritos que salen reflejados en la solicitud telemática o desear añadir otros, las personas participantes deberán especificarlo en el espacio previsto a tal fin. Deberán presentar la documentación acreditativa de estos méritos (original o fotocopia compulsada, según el caso), dentro del plazo establecido en el apartado 6.1 de esta convocatoria y en cualquiera de los lugares mencionados para la presentación de solicitudes.

3.2.2 Solicitud formalizada en soporte papel.

Las personas participantes que así lo deseen, podrán presentar la solicitud, acompañada de la documentación a que se hace referencia en el apartado 3.3, en la sede central del Departamento de Educación, en sus servicios territoriales o en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de la oficina de correos antes de ser certificada.

3.3 Es necesario adjuntar a la solicitud los documentos siguientes:

a) Un proyecto del trabajo que se debe realizar durante el periodo de licencia, según las características que se explicitan al anexo 2 de esta Resolución.

b) Un certificado de la dirección del centro de destino actual donde conste que el estudio que se quiere llevar a cabo en Gran Bretaña forma parte del proyecto lingüístico singular del centro o del plan experimental de lenguas extranjeras, en las condiciones establecidas...

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