RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2000, por la que se resuelven con carácter provisional las modificaciones y renovaciones de los conciertos educativos de centros docentes privados para los niveles posobligatorios.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

de 21 de mayo de 2000, por la que se resuelven con carácter provisional las modificaciones y renovaciones de los conciertos educativos de centros docentes privados para los niveles posobligatorios.

El Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, establece que durante el mes de enero se han de presentar las solicitudes de modificación y renovación de los conciertos educativos.

Analizadas las solicitudes presentadas, los datos y las previsiones de las que se puede disponer antes de la preinscripción de los alumnos para el curso 2001-02, y dentro de lo que prevén la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; el Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, y el resto de la normativa aplicable, hay que proceder a la aprobación provisional de las renovaciones y modificaciones de los conciertos educativos de los centros docentes privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Centros Docentes,

Resuelvo:

—1 Aprobar con carácter provisional las modificaciones de los conciertos educativos en la etapa de bachillerato de los centros docentes privados que se detallan en el anexo 1 de esta disposición, con la modificaciones que para cada uno se especifican.

—2 Aprobar la renovación por un año de los conciertos educativos en la etapa de bachillerato de los centros docentes privados que se detallan en el anexo 2 de esta disposición, con la condiciones que se especifican.

—3 Aprobar la renovación por un año de los conciertos educativos en el nivel de ciclo formativo de grado medio y de ciclo formativo de grado superior de los centros docentes privados que se detallan en el anexo 3 de esta disposición, con las condiciones que se especifican.

—4 Las modificaciones y renovaciones de los conciertos educativos que se aprueban mediante esta disposición tendrán efectos a partir del 1 de septiembre de 2001.

De acuerdo con lo que disponen el artículo 11 del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, y la Orden de 26 de marzo de 1998 (DOGC núm. 2616, de 8.4.1998), por la que se hacen públicos los modelos de documentos administrativos con los que se formalizarán los conciertos educativos a partir del curso 1998-99, las modificaciones de los conciertos aprobadas por esta disposición se formalizarán mediante diligencia que suscribirán el delegado territorial que corresponda del Departamento de Enseñanza y el titular del centro afectado. Los conciertos educativos de los centros que se renuevan se formalizarán mediante la suscripción del documento administrativo que corresponda de los aprobados por la Orden de 26 de marzo de 1998 indicada.

—5 La concertación de las unidades de la etapa de bachillerato queda sujeta a conseguir como mínimo y para cada una de estas unidades una relación media alumnos/unidad de 30.

—6 La concertación del nivel de ciclos formativos de grado medio y superior aprobada por esta Resolución queda sujeta a conseguir como mínimo y para cada una de estas unidades una relación media alumnos/unidad de 15, sin que se puedan desdoblar unidades con 30 o menos alumnos. No obstante, se podrán tener en consideración otras relaciones medias alumnos/unidad en virtud de las enseñanzas y de las características de las zonas donde se imparten.

—7 Una vez finalizado el proceso de matriculación de alumnos para el curso 2001-02, y en función de los datos de matrícula, el Departamento de Enseñanza emitirá la resolución definitiva de las modificaciones y renovaciones de los conciertos educativos para los niveles posobligatorios, que se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. A los centros que hayan conseguido la relación de alumnos, indicada en el párrafo anterior, se les confirmará definitivamente la modificación provisional que se aprueba por esta Resolución. A los centros que no hayan conseguido la relación mencionada se les denegará con carácter definitivo la modificación.

—8 Los conciertos aprobados por esta disposición serán de régimen singular. Los centros que suscriban estos conciertos podrán percibir de los alumnos del correspondiente nivel la cantidad de 3.000 pesetas por alumno y mes, durante 10 meses por curso escolar, durante la vigencia del concierto, como financiación complementaria de los módulos económicos establecidos.

—9 La concesión de estas modificaciones y renovaciones de los conciertos educativos de los centros docentes privados se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 06.04.480.01/9.

—10 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de centros docentes.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de la administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 21 de mayo de 2001

Carme-Laura Gil i Miró

Consejera de Enseñanza

Anexo 1

BATX: bachillerato.

CFPM: ciclo formativo de grado medio.

0201: gestión administrativa.

0302: explotaciones agrarias extensivas.

0303: trabajos forestales y de conservación del medio natural.

0304: explotaciones ganaderas.

0305: jardinería.

0401: preimpresión en artes gráficas.

0501: electromecánica de vehículos.

0502: carrocería.

0601: comercio.

0801: equipos e instalaciones electrotécnicas.

0802: equipos electrónicos de consumo.

0902: fabricación industrial de carpintería y mueble.

0903: fabricación a medida e instalación de carpintería y mueble.

1001: cocina.

1002: pastelería y panadería.

1003: servicios de restaurante y bar.

1103: elaboración de vinos y otras bebidas.

1402: mecanización.

1504: laboratorio.

1601: cuidados auxiliares de enfermería.

1602: farmacia.

1801: peluquería.

1802: estética personal decorativa.

1901: instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas.

1902: montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

2005: confección.

CFPS: ciclo formativo de grado superior.

0151: animación de actividades físicas y deportivas.

0251: secretariado.

0252: administración y finanzas.

0351: gestión y organización de empresas agropecuarias.

0352: gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos.

0451: diseño y producción editorial.

0551: automoción.

0651: gestión comercial y márketing.

0653: comercio internacional.

0751: desarrollo y aplicación de proyectos de construcción.

0752: desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas.

0753: realización y planos de obras.

0851: sistemas de regulación y control automáticos.

0852: desarrollo de productos electrónicos.

0853: instalaciones electrotécnicas.

0854: sistemas de telecomunicación e informáticos.

1051: agencias de viajes.

1052: alojamiento.

1053: información y comercialización turísticas.

1054: restauración.

1251: realización de audiovisuales y espectáculos.

1252: imagen.

1253: sonido.

1254: producción de audiovisuales, radio y espectáculos.

1452: desarrollo de proyectos mecánicos.

1453: producción por mecanizado.

1554: análisis y control.

1651: dietética.

1652: higiene bucodental.

1653: anatomía patológica y citología.

1654: laboratorio de diagnóstico clínico.

1658: documentación sanitaria.

1661: audioprótesis.

1751: animación sociocultural.

1752: educación infantil.

1753: integración social.

1754: interpretación del lenguaje de signos.

1852: estética.

1951: mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso.

1952: desarrollo de proyectos de instalaciones de fluidos, térmicas y de manutención.

1953: mantenimiento de equipos industriales.

2251: administración de sistemas informáticos.

2252: desarrollo de aplicaciones informáticas.

Causas de denegación (CD)

(1) Las unidades para las que se solicita concierto no están autorizadas y, según lo que disponen el artículo 3.2 del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, y el artículo 14 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, es requisito imprescindible que los centros concertados estén debidamente autorizados en los niveles educativos objeto de concierto.

(2) No se satisfacen necesidades de escolarización, de acuerdo con lo que establece el artículo 48.3 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

(3) La concesión de la unidad supondría superar el número de unidades que el centro tenía concertadas en el curso 1990-91 para las enseñanzas posobligatorias, de acuerdo con lo que dispone la disposición transitoria 3.8 de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo.

Delegación territorial Barcelona I (ciudad)

Comarca: Barcelonès.

Código: 08003361.

Denominación: Anna Ravell.

Municipio: Barcelona.

Nivel educativo y unidades concertadas: BATX.

1r curso: 2 priv.

  1. curso: 3 priv.

    USD: 1.

    CD: (2).

    Código: 08005746.

    Denominación: Escola Pia Sant Antoni.

    Municipio: Barcelona.

    Nivel educativo y unidades concertadas: BATX.

    1r curso: 4 priv.

  2. curso: 5 priv.

    USD: 1.

    CD: (2).

    Código: 08005761.

    Denominación: Institución Pedagógico Social Educativa.

    Municipio: Barcelona.

    Nivel educativo y unidades concertadas: BATX.

    1r curso: 3 priv.

  3. curso: 3 priv.

    USD: 2.

    CD: (2).

    Código: 08006167.

    Denominación: Modeclar.

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR