RESOLUCIÓN GAP/1266/2005, de 25 de abril, de convocatoria del proceso selectivo de nuevo acceso restringido para proveer 31 plazas en régimen de personal laboral fijo del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, dirigido a personas con dificultades de integración laboral por razón de su capacidad intelectual (núm. de registro de...

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

GAP/1266/2005, de 25 de abril, de convocatoria del proceso selectivo de nuevo acceso restringido para proveer 31 plazas en régimen de personal laboral fijo del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, dirigido a personas con dificultades de integración laboral por razón de su capacidad intelectual (núm. de registro de la convocatoria L001/05).

Visto el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña de 8 de febrero de 2005, de aprobación de la oferta de ocupación pública parcial para el año 2005 de 31 plazas para personal laboral fijo, publicado por la Resolución GAP/522/2005, de 17 de febrero (DOGC núm. 4336, de 4.3.2005);

De acuerdo con lo establecido en el 6º Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el resto de disposiciones que sean de aplicación;

De acuerdo con el artículo 25 del mencionado Convenio, el cual determina que como medida de protección por parte de los poderes públicos respecto de los colectivos más desfavorecidos y para fomentar una adecuada y decidida política de inserción sociolaboral de estos colectivos la Generalidad de Cataluña promoverá la contratación, de acuerdo con la normativa y los mecanismos vigentes en materia laboral, de personas con discapacidad intelectual, en el sector público de la comunidad autónoma, y adoptará todas aquellas medidas tendentes a alcanzar este objetivo;

Dado que el mencionado artículo establece también que, en esta línea, la Generalidad de Cataluña realizará convocatorias de acceso restringidas, dirigidas a personas con dificultades de integración laboral por razón de su capacidad intelectual;

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, y en la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña;

Vista la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención;

En uso de las competencias que me atribuye el artículo 25.2 del 6º Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Artículo único

Convocar el proceso selectivo de nuevo acceso restringido para cubrir 31 plazas en régimen de personal laboral fijo, del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, de conformidad con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la secretaria de Administración y Función Pública del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 25 de abril de 2005

Rut Carandell i Rieradevall

Secretaria de Administración y Función Pública

Anexo 1

Se convoca el proceso selectivo de nuevo acceso restringido para proveer 31 plazas de personal laboral fijo del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, dirigido a personas con dificultades de integración laboral por razón de su capacidad intelectual.

Las mencionadas plazas dependen orgánicamente del Departamento convocante y funcionalmente de los departamentos de la Generalidad de Cataluña que constan en el anexo 2.

Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria, así como las funciones que les corresponden, son los que se detallan en el anexo 2 de esta Resolución.

Bases de la convocatoria

.1 Requisitos de participación en la convocatoria

Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deben cumplir los requisitos siguientes:

1.1 Tener un grado de discapacidad intelectual derivada exclusivamente de retraso mental, valorado según los actuales baremos contenidos en el capítulo 15 sobre retraso mental a que hace referencia el Real decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalidez, de acuerdo con las siguientes especificaciones:

Entre el 25% y el 29%, para las plazas 1 a 15 del anexo 2.

Igual o superior al 30%, para las plazas 16 a 31 del anexo 2.

En ambos casos, siempre y cuando además puedan realizar las tareas propias del puesto de trabajo sin necesidad de una supervisión o apoyo constantes una vez superado el periodo de adaptación.

1.2 De acuerdo con la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformada por la Ley orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, los extranjeros no comunitarios ni asimilados, de acuerdo con la normativa vigente, residentes en España podrán participar, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, en las convocatorias de acceso, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria y los que sean exigidos en la normativa vigente.

1.3 Haber cumplido 18 años y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.

1.4 Abonar los derechos de examen.

1.5 Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas.

1.6 No estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas ni estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública.

Estos requisitos deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y se deben continuar cumpliendo hasta la fecha de inicio de la relación laboral fija.

1.7 Poseer conocimientos de lengua catalana de nivel básico de catalán (certificado A básico) o superior de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

1.8 Los aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán poseer conocimientos de lengua castellana de nivel inicial establecidos por el Real decreto 1137/2002, de 31 de octubre.

.2 Solicitudes

2.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria, formalizadas en modelo normalizado de acuerdo con las instrucciones que figuran en el anexo 3, deben dirigirse a la secretaria de Administración y Función Pública.

2.2 Estas solicitudes están a disposición de los interesados en los registros de las unidades que se indican a continuación:

Secretaría de Administración y Función Pública:

pl. Catalunya, 19, 08002 Barcelona.

Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas:

Via Laietana, 26, 08003 Barcelona.

Servicios Territoriales de Gobernación y Administraciones Públicas:

Via Laietana, 14, 08003 Barcelona.

Gran Via de Jaume I, 9, 17001 Girona.

c. Lluís Companys, 1, 25003 Lleida.

c. Sant Francesc, 3, 43071 Tarragona.

c. Doctor Ferran, 6-8 (Palau Oliver de Boteller), 43500 Tortosa.

Asimismo, también se podrán presentar por los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

2.3 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el DOGC.

.3 Derechos de examen

3.1 De acuerdo con lo que prevé la normativa vigente en materia de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, para inscribirse en la convocatoria los aspirantes deben abonar la tasa de 17,10 euros.

3.2 El pago de la tasa debe efectuarse en la cuenta corriente 2100-3000-16-2201628357 en cualquiera de las oficinas de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona "la Caixa", mediante imposición en efectivo, giro postal o telegráfico o por transferencia bancaria, haciendo constar el nombre del aspirante y el número de registro de la convocatoria.

3.3 El pago a la entidad bancaria no sustituirá en ningún caso el trámite de presentación de la solicitud ante la Administración dentro del plazo que prevé la base 2.3.

3.4 Están exentos de realizar el pago de la tasa los aspirantes que se encuentran, dentro del plazo de presentación de solicitudes, en situación de paro inscritos como demandantes de ocupación y no perciben ninguna prestación económica, o que se encuentran jubilados.

3.5 La falta de pago, el pago incompleto de la tasa o la no-acreditación documental a efectos de la exención del pago determinará la exclusión del aspirante.

3.6 No será procedente la devolución de la tasa por los derechos de examen en los supuestos de exclusión del proceso selectivo por causa imputable a la persona interesada.

.4 Documentación necesaria

4.1 Exención de la realización de la prueba de conocimientos de lengua catalana, que prevé la base 8:

4.1.1 A los efectos de esta exención, los aspirantes deberán presentar dentro del plazo de presentación de solicitudes el documento siguiente:

Fotocopia confrontada de la documentación acreditativa de estar en posesión del certificado de conocimientos de lengua catalana de nivel básico de catalán (certificado A básico) o superior de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

En todo caso, el aspirante deberá indicarlo expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo que señala el apartado 3 del anexo 3.

4.1.2 La acreditación documental a los efectos de esta exención también podrá efectuarse hasta antes de la hora señalada para el inicio de la prueba de conocimientos de lengua catalana, aportando ante el tribunal el original y una fotocopia de la documentación mencionada.

4.2 Exención de la realización de la prueba de conocimientos de lengua castellana, que prevé la base 8.

Los aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán presentar, dentro del plazo de...

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