RESOLUCIÓN TES/2975/2019, de 13 de noviembre, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo de mando de la Dirección de Servicios del Departamento de Territorio y Sostenibilidad (convocatoria de provisión núm. TES/24/19).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo previsto en el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2398, de 26.5.1997), y otras disposiciones complementarias;

Visto que está vacante un puesto de trabajo de mando de la Dirección de Servicios del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, y vista la propuesta de los titulares de los órganos directivos correspondientes para proveerlo;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el trámite de intervención correspondiente;

Vistas la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad de Cataluña y la descripción del puesto de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

De conformidad con la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

De acuerdo con el artículo 94.1 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, la convocatoria de libre designación es competencia del titular del departamento donde esté adscrito el puesto de trabajo a proveer.

Vista la Resolución TES/335/2019, de 13 de febrero, de delegación en la persona titular de la Secretaría General de las funciones relativas al régimen del personal al servicio del Departamento que corresponden al/a la consejero/a,

Resuelvo:

—1 Hacer pública la convocatoria para proveer, por el sistema de libre designación, un puesto de trabajo de mando de la Dirección de Servicios del Departamento de Territorio y Sostenibilidad (convocatoria de provisión núm. TES/24/19), detallada en el anexo 2 de esta Resolución.

—2 Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Territorio y Sostenibilidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOGC, o bien pueden interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona o, a su elección, ante el juzgado en cuya circunscripción tengan el domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 13 de noviembre de 2019

P. d. (Resolución TES/335/2019, DOGC núm. 7812, de 18.2.2019)

Ferran Falcó Isern

Secretario general

Anexo 1

Bases

–1 Puesto de trabajo

Se hace pública la convocatoria para proveer, por el sistema de libre designación, un puesto de trabajo de mando de la Dirección de Servicios del Departamento de Territorio y Sostenibilidad (convocatoria de provisión núm. TES/24/19), cuyas características constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

–2 Contenido funcional

El contenido funcional del puesto de trabajo a proveer es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria

–3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones establecidas en la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, y de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El citado personal funcionario puede encontrarse, respecto de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.

3.1.2 También puede participar el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalidad de Cataluña y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en el que está clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, pueden participar las personas funcionarias de la Administración de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en el que está clasificado el puesto objeto de convocatoria, a las cuales no se exigió la titulación señalada en el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso puede participar el personal funcionario que esté en suspensión de empleo, el trasladado de puestos de trabajo ni el destituido de cargos de mando como consecuencia de expediente disciplinario mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco pueden participar las personas funcionarias en situación diferente de servicio activo que no hayan pasado el tiempo mínimo exigido para reingresar en el servicio activo.

3.2 El personal funcionario con discapacidad puede participar en igualdad de condiciones que el resto de personas participantes siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria se deben poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana que establece la Dirección General de Política Lingüística, o equivalentes, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2 de esta convocatoria.

En caso de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, se evaluarán mediante una prueba estos conocimientos en relación con el del puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de personas admitidas y excluidas previstas en esta convocatoria.

En este último caso, transcurridos 10 días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en el tablón electrónico de la Administración de la...

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