RESOLUCIÓN JUS/4206/2010, de 29 de diciembre, de cese de la señora Maria Pilar Paredes Cañas como jefa de la Secretaría de la Consejera.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUS/4206/2010, de 29 de diciembre, de cese de la señora Maria Pilar Paredes Cañas como jefa de la Secretaría de la Consejera.

Por la Resolución JUS/4385/2006, de 20 de diciembre, se nombró a la señora Maria Pilar Paredes Cañas, personal eventual del Departamento de Justicia, jefa de la Secretaría de la Consejera (DOGC núm. 4797, de 11.1.2007);

Visto lo que disponen los artículos 12 y 123 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública;

Visto lo que dispone el artículo 5.1.a) del Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 4300, de 13.1.2005);

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

La señora Maria Pilar Paredes Cañas cesa como jefa de la Secretaría de la Consejera, con efectos del día 28 de diciembre de 2010, y se le agradecen los servicios prestados.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, y de acuerdo con lo que establecen el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, o bien recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 29 de diciembre de 2010

Pilar Fernández Bozal

Consejera de Justicia

(10.364.040)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR