RESOLUCIÓN CLT/185/2011, de 5 de enero, de nombramiento de personal eventual del Departamento de Cultura.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CLT/185/2011, de 5 de enero, de nombramiento de personal eventual del Departamento de Cultura.

Visto lo que dispone el artículo 12 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba el refundido en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509, de 3.11.1997);

Visto el Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 4300, de 13.1.2005);

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Nombrar al señor Joaquim Bohils i Cuberta coordinador de Relaciones Externas de la Secretaría General, con las obligaciones y los derechos inherentes al cargo, con efectos del día 12 de enero de 2011.

Las funciones que corresponden a este puesto de trabajo son las siguientes:

  1. Coordinar el desarrollo de las actuaciones de la Secretaría General en cuanto a compromisos y evolución de los proyectos.

  2. Coordinar la preparación de los encuentros del/de la secretario/aria general con los interlocutores de los diversos sectores.

  3. Mantener contactos con los sectores culturales en nombre del/de la secretario/aria general.

  4. Coordinar la evolución de los proyectos culturales que cuentan con el apoyo de la Secretaría General.

  5. Coordinar la elaboración de la información y documentación de la Secretaría General.

  6. Coordinar el seguimiento de los compromisos adquiridos por la Secretaría General, tanto a nivel interno como externo.

Las retribuciones de este puesto de trabajo son las correspondientes a un lugar de funcionario/aria del grupo A, nivel de complemento de destino 24 y complemento específico de 25.813,80 euros.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, y de acuerdo con lo que establecen el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, o bien recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de...

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