RESOLUCIÓN INT/2090/2016, de 6 de septiembre, de convocatoria de proceso selectivo, mediante promoción interna, para cubrir 57 plazas de la categoría de cabo de la escala técnica (grupo C, subgrupo C1) del cuerpo de Bomberos de la Generalidad (núm. de registro de la convocatoria 83/16).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR
Rango de LeyResolución

Visto lo que dispone la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; el Decreto 28/1986, de 30 de enero, del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el resto de normativa de aplicación general;

Vista la vigente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos;

Visto que se ha dado cumplimiento a las disposiciones del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, en relación con el derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional de los empleados públicos;

En consonancia con lo que establecen la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña;

De conformidad con lo que establecen el artículo 17.3 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña; el Decreto 320/2011, de 19 de abril, de reestructuración del Departamento de Interior; el Decreto 243/2007, de 6 de noviembre, de estructura del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, y el artículo 1.i) de la Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, de delegación de competencias del consejero de Interior en el secretario general del Departamento de Interior,

Resuelvo:

Convocar el concurso oposición, mediante promoción interna, para cubrir 57 plazas de la categoría de cabo de la escala técnica (grupo C, subgrupo C1) del cuerpo de Bomberos de la Generalidad (núm. de registro de la convocatoria 83/16), con sujeción a las bases que figuran en los anexos 1 y siguientes de esta Resolución.

Contra esta Resolución y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o bien recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, de acuerdo con lo que prevén los artículos 8.2 y 14 de la Ley mencionada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 6 de septiembre de 2016

P. d. (Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, DOGC de 24.1.2011)

Cèsar Puig i Casañas

Secretario general

Anexo 1

Bases de la convocatoria

Base 1. Plazas convocadas y contenido funcional

Se abre el concurso oposición, mediante promoción interna, para cubrir 57 plazas de la categoría de cabo de la escala técnica (grupo C, subgrupo C1) del cuerpo de Bomberos de la Generalidad.

Las funciones que tienen que ejercer los miembros de la categoría de cabo de la escala técnica del cuerpo de Bomberos de la Generalidad son las que establecen los artículos 16.1.c) y 16.2 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña.

Base 2. Requisitos de las personas participantes

2.1 Las personas participantes tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser funcionarias de carrera de la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica del cuerpo de Bomberos de la Generalidad.

  2. Tener una antigüedad mínima de dos años de servicio activo como funcionarias de carrera en la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica del cuerpo de Bomberos de la Generalidad.

  3. Encontrarse, respecto de la Generalidad de Cataluña, en el cuerpo, la escala y la categoría mencionadas en alguna de las siguientes situaciones administrativas: servicio activo, excedencia voluntaria por incompatibilidades con prestación de servicios en cualquier otro puesto de la Administración de la Generalidad y sector público adscrito, servicios especiales, servicios en otras administraciones públicas o cualquier otra situación administrativa con derecho a reserva del puesto de trabajo o destino.

  4. Estar en posesión del permiso de conducción de vehículos de la categoría C, en vigor, o permisos equivalentes de acuerdo con la normativa aplicable.

  5. Poseer los conocimientos de nivel intermedio de catalán (B2) o superior.

  6. Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para ejercer las funciones propias de las plazas a cubrir.

  7. Satisfacer la tasa de inscripción que corresponda de acuerdo con lo que establece la base 3.3 de esta convocatoria.

    2.2 Las personas participantes tienen que cumplir los requisitos de participación establecidos el último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo el correspondiente a lengua catalana, y se tienen que seguir cumpliendo hasta la fecha de toma de posesión.

    Base 3. Solicitud de participación

    3.1 Obtención, presentación y plazo de la solicitud de participación

    La solicitud de participación se tiene que dirigir al secretario general del Departamento de Interior en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOGC, a través de uno de los siguientes canales:

  8. Telemático: a través de la plataforma Tràmits Gencat, accediendo a la siguiente dirección: http://web.gencat.cat/es/tramits , mediante el formulario habilitado al efecto y siguiendo las instrucciones que proporciona la misma aplicación. Las solicitudes tramitadas por este portal quedan registradas automáticamente en el Registro general electrónico.

  9. Presencial: mediante el modelo de solicitud de admisión en soporte papel, que se puede obtener en la web del Departamento de Interior, en la dirección http://interior.gencat.cat/ca/arees_dactuacio/bombers/convocatories/bombers/ , o en la intranet de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos: http://emergencies.intranet/personal/Convocatories/index_conv.htm , y se pueden presentar en los registros del Departamento de Interior, de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos y de los servicios territoriales del Departamento de Interior.

    Asimismo, son válidas las solicitudes presentadas en los registros de los órganos u oficinas que prevén los artículos 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se tiene que hacer en sobre abierto con la finalidad de que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

    3.2 Contenido de la solicitud y documentación.

    Los datos personales, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico declarados por la persona participante en su solicitud de participación se consideran como los únicos válidos a efectos de notificaciones, y es responsabilidad exclusiva de las personas participantes su veracidad, así como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en estos datos.

    A efectos de admisión a esta convocatoria se tendrán en cuenta los datos que las personas participantes hayan declarado, como ciertos, en su solicitud de participación. Por lo tanto, quien incurra en inexactitudes o falsedades podrá ser excluido de la convocatoria en cualquier momento.

    En este sentido, la persona participante solo tendrá que aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y, en su caso, la documentación acreditativa de los méritos cuando el Tribunal Calificador acuerde y haga pública la fecha o fechas de presentación de la documentación acreditativa de los requisitos, de los méritos o de cualquier otra documentación, que la persona participante tendrá que presentar en los lugares establecidos en la base 3.1.b).

    3.3 Tasa de inscripción.

  10. Importe de la tasa.

    El importe de la tasa es el correspondiente a lo que establece el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, y otra normativa vigente, en el importe resultante de la aplicación correspondiente a las previsiones de las leyes de presupuestos de la Generalidad de Cataluña vigentes en el momento de publicación de la convocatoria, y que se detalla en la Orden GRI/99/2015, de 15 de abril, por la que se da publicidad a las tasas vigentes del año 2015 correspondientes a los procedimientos que gestiona el Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda.

    - Ordinario: 38,20 euros.

    - Con bonificación por solicitud y pago telemáticos: 30,60 euros.

    - Con bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría...

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