RESOLUCIÓN EMC/771/2016, de 21 de marzo, por la que se modifica la Resolución EMO/1787/2015, de 29 de julio, por la que se establecen los requisitos y un procedimiento de acreditación de las entidades TECNIO para el período 2015-2019.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorAgencia para la Competitividad de la Empresa
Rango de LeyResolución

La Resolución EMO/1787/2015, de 29 de julio (DOGC núm. 6925 de 31.7.2015) establece los requisitos y un procedimiento de acreditación de las entidades TECNIO para el período 2015-2019;

Dado que se ha resuelto el primer proceso de acreditación, y de la experiencia adquirida se han detectado aspectos del proceso mejorables en tanto de hacerlo más fácil, entendedor y accesible por los solicitantes;

Dado que ACCIÓ quiere mejorar la capacidad de innovación y la competitividad de las empresas, se proponen modificaciones que no representan ninguna alteración respecto a las solicitudes evaluadas y facilitarán la comprensión de los conceptos propuestos y agilizarán el proceso de acreditación;

Dado que para introducir estas modificaciones hay que modificar los artículos 2.2; 2.3; 2.4; 3.2; 5; 6 y 10.1 de la citada Resolución;

Visto el informe previo de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

RESUELVO:

Artículo único

Se realizan las siguientes modificaciones de la Resolución EMO/1787/2015, de 29 de julio (DOGC núm. 6925 de 31.7.2015) que establece los requisitos y un procedimiento de acreditación de las entidades TECNIO para el periodo 2015-2019:

  1. Se modifican los artículos 2.2; 2.3 y 2.4, que quedan redactados de la siguiente manera:

    2.2 Se establecen diferentes tipologías de acreditación de entidades TECNIO, con una función en el mercado catalán de la transferencia tecnológica, públicos y privados, desarrolladores y facilitadores, y diferentes criterios de acreditación para cada tipología.

    Las tipologías de entidades TECNIO a acreditar son las siguientes:

    1. Desarrolladores de tecnología públicos.

    2. Desarrolladores de tecnología sin ánimo de lucro:

    2.1. Desarrolladores sin ánimo de lucro avanzados.

    2.2. Otros desarrolladores sin ánimo de lucro.

    3. Desarrolladores de tecnología privados.

    4. Facilitadores de tecnología públicos: Unidades de comercialización de tecnología.

    Para cada tipología de acreditaciones de entidad TECNIO deben cumplirse unos requisitos de elegibilidad que podrán comprobarse de manera inmediata a la presentación de la documentación, y unas condiciones valorables para las que será necesario realizar una valoración técnica de la calidad de cumplimiento.

    En ningún caso, las entidades podrán encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

    La puntuación total alcanzada por una solicitud de acreditación será el resultado de multiplicar los valores otorgados a cada una de las siguientes condiciones valorables por los correspondientes valores de puntuación, que van del 1 al 5. La puntuación máxima que se podrá obtener será de 500 puntos.

    Una solicitud de acreditación deberá obtener una puntuación mínima de 380 puntos y una valoración mínima aplicable por cada condición como mínimo de 3.

    2.3. De forma general, todas las entidades TECNIO deben cumplir las siguientes condiciones:

    a) Oferta tecnológica: Ofrecer a las empresas acceso a tecnologías diferenciales y visión sectorial para resolver sus necesidades tecnológicas (valor: 20 puntos).

    b) Conexión con el ecosistema: Ofrecer conocimiento y socios estratégicos en el sistema catalán de innovación, rápido acceso a información tecnológica y acceso a información de financiación. Colaborar con otras entidades del sistema de I+D+i, preferiblemente acreditadas TECNIO (valor: 10 puntos).

    c) Orientación a cliente: Garantizar la confidencialidad de las empresas clientes, y ser excelente en los procesos de servicio al cliente, así como trabajar con un lenguaje y tiempo de respuesta empresarial. Demostrar un compromiso continuado con los programas de ACCIÓ (valor: 10 puntos).

    2.4. Los requisitos de elegibilidad y las condiciones valorables para la acreditación en tanto que entidades TECNIO según cada tipología son:

    1. Desarrolladores de tecnología públicos:

    Requisitos:

    a) Ser grupo de investigación de las universidades públicas y/o privadas, de los centros de investigación CERCA y de los centros del CSIC, o ser entidad pública sin ánimo de lucro o consorcio, y estar ubicados en Cataluña. Excepto en el caso de los centros de investigación CERCA , es necesario que el personal investigador esté acreditado con el sello SGR (al menos en un 80% del grupo).

    b) Que la media de ingresos de los últimos tres años...

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