RESOLUCIÓN ARP/438/2018, de 6 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo Rector del Centro de la Propiedad Forestal de convocatoria de las ayudas de minimis para la gestión forestal sostenible en fincas de titularidad privada para el año 2018, correspondientes a las reforestaciones y producción de trufa (ref. BDNS 388710).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyResolución

Considerando la Orden ARP/222/2015, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la gestión forestal sostenible (DOGC núm. 6918, de 22.7.2015).

Vista la Orden ARP/155/2016, de 8 de junio, por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la gestión forestal sostenible en el marco del Programa de desarrollo rural de Catalunya desde 2014 hasta 2020, aprobadas por la Orden ARP/222/2015, de 15 de julio (DOGC núm. 7144, de 17.6.2016), que determinan el marco de aplicación de estas ayudas.

Vista la Orden ARP/218/2017, de 22 de septiembre, por la que se modifica la Orden ARP/222/2015, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la gestión forestal sostenible en el marco del Programa de desarrollo rural de Catalunya 2014-2020 (DOGC núm. 7464 de 29.9.2017).

De acuerdo con los artículos 92 y 93 c) del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 9 de la Ley 7/1999, de 30 de julio, del Centro de la Propiedad Forestal.

Considerando el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis ;

La Ley 7/1999, de 30 de julio, del Centro de la Propiedad Forestal, modificada por la Ley 4/2000, de 26 de mayo, de medidas fiscales y administrativas, por la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, y por la Ley 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas, determina de acuerdo con el artículo 8.2 f) que entre las funciones del Consejo Rector del Centro de la Propiedad Forestal está aprobar las bases reguladoras y las convocatorias de ayudas y subvenciones, así como su resolución.

El artículo 9.3 de la Ley 7/1999, de 30 de julio, del Centro de la Propiedad Forestal, establece las funciones encomendadas al director gerente del Centro de la Propiedad Forestal, entre las que se encuentra ejecutar los acuerdos del Consejo Rector.

Dado el acuerdo adoptado por el Consejo Rector del Centro de la Propiedad Forestal, en sesión celebrada el día 6 de febrero de 2018, sobre las ayudas a la gestión forestal sostenible para el año 2018.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de apoyar al sector forestal mediante la concesión de ayudas económicas, de acuerdo con los artículos 92 y 93 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya, a propuesta del Consejo Rector del Centro de la Propiedad Forestal y en uso de las atribuciones conferidas.

Resuelvo:

  1. Dar publicidad al Acuerdo del Consejo Rector del Centro de la Propiedad Forestal por el que se convocan las ayudas para la gestión forestal sostenible en fincas de titularidad privada para el año 2018, correspondientes al anexo 8, para las reforestaciones y producción de trufa.

  2. Convocar las ayudas para la gestión forestal sostenible en fincas de titularidad privada para el año 2018, correspondientes al anexo 8, para las reforestaciones y producción de trufa. Estas ayudas se rigen por las bases reguladoras aprobadas por la Orden ARP/222/2015, de 15 de julio (DOGC núm. 6918, de 22.7.2015), modificada por la Orden ARP/155/2016, de 8 de junio (DOGC núm. 7144, de 17.6.2016), y la Orden ARP/218/2017, de 22 de septiembre (DOGC núm. 7464 de 29.9.2017).

  3. La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 200.000,00 euros, que se financian con cargo a las aplicaciones presupuestarias 226570D/770000100/000 y 226570D/780000100/000 del presupuesto del Centro de la Propiedad Forestal para el año 2018.

    La concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del Centro de la Propiedad Forestal del año 2018 en el momento anterior a la resolución de concesión. La dotación máxima indicada puede ser modificada de acuerdo con la normativa vigente.

    Los importes serán distribuidos de la forma siguiente:

    Reforestaciones: 100.000,00 euros.

    Producción de trufa: 100.000,00 euros.

    Los importes atribuidos a cada uno de los capítulos anteriores se podrán redistribuir según las solicitudes admitidas.

  4. Estas subvenciones se someten al Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis . De acuerdo con este Reglamento, el total de ayudas de minimis otorgadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR